Prácticas de poder y moralidades en los territorios rurales del Uruguay. Notas sobre la reconfiguración identitaria de las mujeres rurales

SP.51: Actores y procesos políticos en los escenarios locales de América Latina

Ponentes

Nombre Pertenencia Institucional
Verónica Camors Universidad de La República


Introducción1

Esta ponencia presenta una reflexión en torno al estudio etnográfico de las prácticas burocráticas en relación a la gestión de políticas de tierras. Su propósito es analizar la correlación entre lo normativo, las actuaciones y prácticas rutinizadas de agentes estatales y las experiencias situadas de las mujeres en la ruralidad, en torno a la construcción de sus propias identidades.

Se recuperan parte de los resultados de una investigación etnográfica (realizada entre 2017 y 2020) sobre las interacciones del funcionariado estatal y mujeres rurales a partir de la implementación de una política que se propone mejorar las condiciones de acceso a la tierra desde una perspectiva de género (Camors, 2023). Entre otras cuestiones, dicha investigación indagaba sobre el proceso de construcción del nuevo sujeto social que trae la política pública (“la colona”) y las dimensiones (institucionales, jurídicas, políticas y simbólicas) que asume. Aquí se busca continuar aportando a las discusiones referidas sobre las relaciones y los procesos sociales que generan las políticas en su hacer cotidiano, acerca de los modos en inciden en la constitución de los sujetos y sobre los tipos de subjetividades e identidades que crean (Shore y Wright, 1997). De esta manera, se apuesta a mirar las políticas como proceso vivo y en su hacer cotidiano, lo cual me lleva a abordar la política como producción y lo que se produce haciendo (Quirós, 2011).

Este enfoque retoma los debates de la antropología de la política que buscan contribuir al estudio de las representaciones sociales, el lugar de las mismas en procesos sociales y su imbricación en otras dimensiones de lo social. A su vez, se recupera la propuesta de estudios etnográficos acerca de la idea de encuentro para abordar “el estado” desde una mirada relacional, sin fijeza institucional ni geográfica, como campo abierto, en tanto conjunto de prácticas y de procesos (Trouillot, 2001; Gupta y Sharma, 2006; Das y Poole, 2008).

El trabajo busca hacer visible y comprender las relaciones sociales y disputas que se entablan tras la aplicación de la política en las que están insertos los actores que cotidianamente dan forma a la gestión de la tierra. En particular, considera las prácticas y procesos acerca de las representaciones derivadas de la categoría colona, para problematizar la propia construcción de esta categoría en su dimensión relacional, sus conexiones, cómo se constituye cotidianamente y las narrativas de identidad que se generan fruto de las interacciones locales entre el funcionariado estatal y los/as colonos/as.

Para ello se sigue el accionar del funcionariado del INC a nivel local, las actuaciones gubernamentales y las experiencias de las mujeres rurales que se configuran en los movimientos cotidianos de los encuentros (y sus efectos, más allá de estos). De este modo se apuesta a comprender el lugar de las cuestiones discursivas, gestuales, afectivas y morales que moviliza la gestión de la política y así ilustrar cómo operan las acciones (de las) políticas en las subjetividades.

Este análisis se basa en las experiencias recogidas en el trabajo de campo que he desarrollado desde una etnografía mutisituada en espacios de encuentros que tienen lugar en el campo de actuación del INC.2 Por otra parte, este trabajo también se nutre de mi inserción laboral en una oficina del INC.3

En función de esto, en la primera parte del texto se presenta en qué consiste la política de la tierra. Seguidamente, a través del proceso de su implementación, se abordan las categorías que resultan claves para comprender las experiencias de las mujeres y los modos en que transforman subjetividades y sujeciones (en el sentido de Foucault, 2000). Por otra parte, en relación a este proceso de aplicación de la política, se reflexiona sobre la modificación en su denominación al momento que se constituye en ley.



La política en relación a la configuración de identidades

El Instituto Nacional de Colonización es un organismo público creado por ley en 1948, que administra las tierras del estado uruguayo para la adjudicación de parcelas con el cometido de la “radicación y bienestar del trabajador rural” (Uruguay, 1948), principalmente productores familiares con inseguridad de tenencia, restricciones de escala o capital de explotación.

Cotitularidad y titularidad conjunta son términos que a priori se emplean de forma indistinta para referir a la política de tierra implementada desde el año 2014 por el INC que identifica desigualdades de género a superar mediante la adjudicación de la titularidad de los predios a mujeres. Esta iniciativa responde a demandas realizadas desde la sociedad civil y organismos internacionales sobre derechos de las mujeres a la tierra. En el año 2019 se consagra en una ley que busca garantizar los derechos de las mujeres dotando de mayor formalidad normativa a la iniciativa política.


Titularidad conjunta, cuando los integrantes de la pareja constituida en uniones de hecho, civiles o matrimoniales tengan perfil colono, ambos dediquen la mayor parte de su tiempo de trabajo al hogar, a la explotación productiva directa y la principal fuente de ingresos de la pareja provenga de la explotación productiva directa. En este caso, se deberá adjudicar el predio en régimen de titularidad conjunta (Uruguay, 2019).4


La cotitularidad ha (re)configurado la gestión y el campo de actuación del INC, en relación a sus especificidades vinculadas con lo jurídico e institucional, pero también entre los actores que pone en interacción, en sus relaciones de poder y las formas que adopta la intervención (Camors, 2023).

Entre mis primeras observaciones durante el trabajo de campo, tras la aplicación de la cotitularidad, parecía que la paulatina resignificación del sujeto beneficiario de la política de tierras, como ser sexuado, producía una serie de incomodidades, malestares y resistencias entre algunos actores. En los intercambios cotidianos entre el funcionariado como entre los colonos (los varones titulares de predios) comenzaba a percibir que de algún modo se alteraba el orden o se creaba desorden, en el sentido de Pateman (2018).

Tras la aprobación de la cotitularidad en el INC se habían desplegado nuevas prácticas que involucraban actividades de capacitación y formación en género, intervenciones focalizadas para mujeres, líneas de financiación y asesoramiento en respuesta a demandas de mujeres para el acceso a la tierra entre otros recursos vinculados con la producción y a la vida en las tierras del INC. Así también se incorporaron profesionales con perfiles del área social específicos para abordar estas temáticas y fueron en aumento las adjudicaciones de tierras a mujeres.5

De este modo se generaron nuevas formas de relacionamiento (entre la población colona, entre el funcionariado y en las interacciones de ambos), la incorporación de procedimientos administrativos y metodologías de trabajo que involucraban ahora a las mujeres, las que se construían en torno a la nueva categoría social, “la colona”.

Sin embargo, conjuntamente a la implementación de la política comenzaron a circular expresiones y prácticas que la interpelaban. Más específicamente, entre el funcionariado y entre la población destinataria de la política percibía algunas prácticas y discursos a modo de cuestionamientos hacia el INC por los ajustes realizados en virtud de la nueva política. Este “desorden”, que configuraba un modo de expresión de la experiencia del cambio de la política por parte de algunos actores, se enunciaba en la gestión cotidiana y parecía condicionar la aplicación de la política.

Al indagar por qué se configura este cambio como “desorden”, cómo lleva a algunos actores a buscar alternativas de aplicación y cómo lo vivían las mujeres surgen algunas cuestiones que quizás no pueden ser comprendidas sin contextualizar e inscribir históricamente este proceso.

La cotitularidad se monta en una institución fundada en una ley, altamente jerarquizada y normativizada, centrada en la producción de la tierra, históricamente masculinizada (que excluía a las mujeres del acceso a la titularidad mediante mecanismos culturales más que formales o institucionales) y cuyo imaginario se había construido sobre la figura del colono como sujeto beneficiario de la política (Camors, 2016). En esta figura de jefe de familia (en el sentido de proveedor del sustento del hogar), productor y trabajador, se canalizaban los beneficios de las políticas, en tanto propietario de bienes y recursos asociados a la titularidad de la tierra y del ganado.

Durante el proceso de fundación y conformación del INC no se consideraron a las mujeres como sujeto de derecho, ni fueron contempladas en las estructuras jurídicas institucionales (no era vinculante). El contrato de arrendamiento por la tierra adjudicada tenía el cometido que mencionaba la ley, de “la radicación y el bienestar del trabajador rural” (Uruguay, 1948) y se establecía, mayoritariamente, con los varones, los colonos, convirtiéndose por este acto en titulares de los predios.

La ley de colonización regula la adjudicación de tierras y las formas de habitar deseables o condenables sobre esta, contribuyendo de este modo a la configuración de la figura del colono, en un sentido tanto jurídico como ético. En la ley se define a la colonización “individual cuando se realice por “el colono y su familia” y establece obligaciones vinculadas con el trabajo directo, la residencia y el pago de la renta. En uno de sus artículos señala que se “prestará su atención a la cultura de la mujer y a su preparación para el hogar; a la fundación de clubes de niños y jóvenes, bibliotecas, etc., procurando ofrecer a los colonos medios de superación espiritual y sanos esparcimientos” (Uruguay, 1948).

Se observa un proceso de “apropiación y movilización” (en términos de Noel, 2013) de un conjunto de representaciones asociadas al ser colono vinculadas con el cumplimiento de obligaciones jurídicas e institucionales que hacen a la representación simbólica del colono en términos de “buen colono”. Todo lo que se aleje de esta construcción de sentido será visto como condenado al fracaso y será sancionado de alguna manera.

En consecuencia, se fueron incorporando en las prácticas institucionales disposiciones y conceptos asociadas a lo moralmente deseable y obligatorio (Balbi, 2017). Ambas categorías, de obligación y deseabilidad, “deben ser entendidas como productos de procesos sociales, de modo que puede entenderse a la moral como un producto de la acción humana que es socialmente situado y provisional por definición” (Balbi, 2017, p.14). Estas, a su vez, darán lugar a otras formas, prácticas y representaciones que movilizan discursos y relaciones sociales que impactarán en los espacios públicos y privados de la vida cotidiana.

Asociado a la construcción del colono aparece la figura de “la familia”, creada también desde la ley para establecer una forma de colonización, la moralmente deseable y obligatoria (Balbi, 2017). La figura de “la familia” asumirá una atribución importante en relación al “sustento” necesario para que tenga lugar la producción y la vida en las tierras de colonización. La dimensión o forma más pública de lo privado, entre el colono y el INC, es la familia, en tanto aparece como un atributo necesario e inseparable del colono, “un modo de existencia” (siguiendo a Bourdieu, 1997). En el discurso familiarista de la ley, se concibe a “la familia” como una categoría fundante de la colonización en relación al territorio, creadora de vínculos sociales, encargada de los cuidados del hogar, la “base” para la vida del colono. Por un lado, es considerada dependiente y secundaria, pero al mismo tiempo es parte constitutiva del vínculo entre el titular de la tierra y el INC.

Así, tal como plantea Foucault (2002) las relaciones de poder operan sobre los cuerpos (tendrán una acción disciplinante sobre la vida de las personas), y se establecen en los ámbitos cotidianos. Por su parte, Derrida (1997) aporta elementos para profundizar en esta relación entre la ley (o el derecho) y la violencia. Sostenía que “el derecho es siempre una fuerza autorizada, una fuerza que se justifica o que está justificada al aplicarse, incluso si esta justificación puede ser juzgada, desde otro lugar, como injusta o injustificable” (p.3). Entonces, establece una relación inicial entre el derecho y la ley en la cual la fuerza de la ley es la violencia ejercida por la autoridad que permite su aplicación.

En los ámbitos cotidianos de la aplicación de la política se generan ambigüedades y tensiones que hallan respuestas atravesadas por afectos y moralidades de quienes intervienen, que dan forma a las relaciones e inciden en las dinámicas estatales.

Esta nueva política de tierra va incorporando, con ciertas dificultades, a un nuevo sujeto de focalización de política pública que es “la colona”. Al seguir los cambios promovidos tras su implementación, a través de las trayectorias de las interacciones entre las mujeres y el funcionariado focalizo en los modos que son experimentadas y agenciadas las posibilidades a partir de la política por parte de las mujeres. El análisis de estas trayectorias y de las relaciones sociales que las hacían significativas (en tanto permiten comprender tramas y procesos sociales) mostró la centralidad de la noción de trabajo, de titularidad y del hecho de figurar en el contrato sobre la tierra al que apelaban estas mujeres, como categorías claves para definir sus identidades como colonas.



El contrato como punto de partida

Colonización es una institución de trámites”, señala Sofía y también expresa el agobio que le produce tener tantos expedientes en “la bandeja de entrada”.6 Sofía, como muchas otras técnicas del INC, gusta del campo, de trabajar con la gente, de salir y recorrer los predios. Me muestra su escritorio, de madera de roble oscuro, su espacio de trabajo lleno de papeles a su alrededor, apilados a los lados del monitor de la computadora. Mira más allá. Hacia un lado, se detiene un instante en una cartelera completa de anuncios de llamados a predios libres, papeles blancos con letras negras pequeñas, agarrados con alfileres, algunos algo caídos y otros superpuestos. En otra pared, que recorre el largo de la oficina, se recuestan una serie de ficheros de metal, de color gris oscuro (bastante nuevos para el común del mobiliario institucional), dispuestos unos sobre otros, colmados de documentos en su interior y con pequeñas plantas encima (un intento frecuente por parte del personal de “dar vida” al espacio de trabajo).

¿Qué cambia para la regional la cotitularidad? le pregunto. “Ellas tienen que firmar la documentación. Se habla con ellas, hay otra consideración”. En cambio, para Ximena, administrativa de la regional, “la única diferencia es el número de colono, los casos que es individual tienen un número y en las cotitularidades tienen dos, que son las dos cédulas”. Sin embargo, hablando de los papeles que circulan en la regional, agrega otro aspecto. “Además, todo tiene que estar firmado por los dos al inicio, luego las notificaciones pueden estar firmadas por cualquiera de las dos”.

La producción documental ocupa un rol central en el estado, y en particular en el INC. Lo que está escrito se asume por parte de los actores como verdad material, es legítimo y oficial. A su vez, la producción documental da cuenta del quehacer institucional y conduce la toma de decisiones, aunque ésta siempre estará atravesada y mediada por quienes llevan a cabo cotidianamente las rutinas estatales.

Algunos estudios recuperan la idea de los documentos estatales como campo de indagación en sí mismos (Muzzopappa y Villata, 2011; Lugones, 2004). En este sentido, los documentos permiten observar a la administración estatal (Lugones, 2014), el acercamiento a las rutinas, a las narrativas y a las formas institucionales, en sus procesos de producción, circulación y archivo (Lowenkron y Ferreria, 2014). Antes que, sobre el contenido, estos documentos permiten dar cuenta sobre los procesos que constituyen el mismo acto de documentar (Vianna, 2014; Lugones, 2004). Aquí también, me valgo de los documentos como interlocutores, junto a los cuales construyo el conocimiento. El encuentro con los documentos y lo que significa para quiénes los producen, los manipulan, los pasan o archivan ofrecen una dimensión de la experiencia cotidiana al ubicar discursos y prácticas en sus condiciones de producción. La relectura de algunos documentos junto con sus protagonistas me permitió captar relaciones, comportamientos, formas de poder, contradicciones y los modos en que transitan los actores los procesos.

Diversas investigaciones han llamado la atención sobre el valor de los documentos como instrumento de poder de las burocracias estatales (Da Matta, 2002) y como medio para comprender las formas en que se organizan y relacionan las personas entre sí (Lowenkron y Ferreria, 2014; Muzzopappa y Villalta, 2011). Los documentos estatales son constitutivos de reglas burocráticas, ideologías, conocimientos, prácticas, subjetividades, objetos, resultados, incluso de las organizaciones mismas (Hull, 2012). Tal como propone Hull, seguir el papel permite reconstruir desde una perspectiva etnográfica el modo en que diversos actores ponen en juego sus intereses, entendimientos y representaciones. Otras contribuciones que indagan en los registros documentales procuran comprender las representaciones y moralidades que operan en las dinámicas institucionales a partir de la construcción de determinadas categorías sociales y las tensiones y disputas en torno a ellas (Lugones, 2014; Vianna, 2014). Así también, varios autores han destacado la importancia de los documentos como instrumento de poder de las burocracias estatales (Da Matta, 2002), como una forma de control y legibilidad por parte del poder estatal (Trouillot, 2001; Foucault 2002) y de las representaciones y moralidades que operan en relación a las expresiones escritas (Lugones, 2014; Vianna, 2014). Por ejemplo, para Bourdieu (1997) una de las formas de poder que ejerce el estado es a través de los nombramientos y certificados de distinto tipo:


Al anunciar con autoridad lo que un ser, cosa o persona es en realidad (veredicto), en su definición social legítima, es decir, lo que está autorizado a ser, lo que tiene derecho a ser, el ser social que tiene derecho de reivindicar, de profesar, de ejercer (por oposición al ejercicio ilegal), el Estado ejerce un verdadero poder creador” (p.114).


En el INC, la firma de un trámite, recibir una notificación, que figure un nombre en un contrato, el registro de la cédula en el sistema de información, parecían configurar ese vínculo institucional. Cada uno de estos aspectos daba forma a las relaciones, contribuían a fijar la existencia de las personas en el sistema, producían una trama y se establecían derechos. En torno a estos movimientos se despliegan otras prácticas, representaciones, valores y sentidos entre los actores que se ponen en interacción.

Al indagar en la producción documental del INC, me interesa bucear en el modo en que los documentos, al decir de Das y Poole (2008), “se encarnan en formas de vida a través de las cuales ciertas ideas de sujetos y ciudadanos empiezan a circular” (p.31) y en este devenir observar si tienen el poder o la fuerza, para transformar las relaciones (en el sentido de Poole, 2012).

Los contratos de arrendamiento que el INC firma con las personas adjudicatarias de los predios son un documento institucional central, principalmente porque genera otros documentos, siendo el punto de partida para el acceso a otros bienes, recursos y derechos.7

Así como Da Matta (2002) sostiene que ocurre con otros documentos que refieren a la identidad formal, a través del contrato se materializa el lugar que ocupan las personas titulares en el sistema institucional, determina derechos y deberes, marca límites y establece relaciones de poder, autoridad y prestigio. La firma del contrato determina la titularidad de la tierra dada por la institución y con ella nace esta categoría mediante la cual se establece un vínculo entre el INC y sus beneficiarios/as: tradicionalmente denominado “el colono”. Como tal, el contrato determina pertenencia formal y jurídica, establece relaciones de poder, materializa derechos y crea vínculos sociales. Adicionalmente, es símbolo de estatus. El contrato dotará de prestigio a la persona que lo firme entre los integrantes de una familia, entre los miembros de un grupo, de una organización o de una comunidad.

Una de las interrogantes que apareció rápidamente en el campo era respecto a los beneficios que implicaba para las mujeres la firma del contrato. Desde el discurso político institucional parecía evidente su contribución hacía el avance en la igualdad de derechos entre varones y mujeres.8 Sin embargo, para las colonas, la cotitularidad a pesar de ser vista como una ventaja relativa, recién resultaba indudable para quienes habían vivido la disolución de un vínculo de pareja, el fallecimiento del titular o violencia basada en género. Es decir, frente a situaciones en las cuales se ponía en juego la posibilidad de resguardo, de sobrevivir fuera del hogar conyugal y se cuestionaba la autonomía económica de las mujeres.9 En estos momentos cobraba mayor relevancia el hecho que la titulación confiera derechos respecto a la tierra (y sus mejoras) y coloque en un lugar de reconocimiento formal y social a su titular. En particular, esta idea se materializaba a través del contrato, en tanto vínculo jurídico en el cual se basa el respaldo legal e institucional entre el INC y sus beneficiarias.

En una conversación con Estela aparece el tema de las mujeres que ya no están en la colonia donde ella vive. Una colonia que tiene apenas unos 10 años, ubicada hacía el norte de la cuenca lechera de Uruguay en la cual viven más de veinte familias, en su mayoría las personas titulares de los predios son varones, promedian unos 40 años de edad y se dedican a la producción lechera. Estela hacía referencia a aquellas mujeres que no eran titulares y se fueron de la colonia por motivos relacionados a la ruptura del vínculo de pareja. Si bien Estela señala que no le da trascendencia a “eso de la cotitularidad”, que le parece que no tiene peso eso de querer figurar en los papeles, cuando le pregunto a acerca de la situación de estas mujeres comenta lo siguiente:


eso fue feo, Miriam se fue y ahora está peleando hace casi dos años para tener lo que es de ella, y es difícil, y a ella le gustaba el campo, trabajaba mano a mano con él, lo que lograron lo lograron juntos de la nada, ella tomaba decisiones, ella venía a las reuniones, sin embargo, el día que decidió irse por sus motivos, se quedó sin nada, no había espacio legal en el que ella estuviese incluida. Ahí es importantísimo, tiene que estar, hay muchísimos casos que son injustos, más allá de los gustos de cada uno, bueno si nos los querés, las vacas, por ejemplo, bueno vendelas, pero son tuyas porque vos hiciste que estuvieran, trabajaste todos los días por eso. Como decíamos la otra vez en la otra entrevista, hay una cuestión de gustos también, hay mujeres que no les gusta ese trabajo duro, pero bueno, es tuyo, y es un capital, es dinero” (Extracto de entrevista, 2020).


Lo que aquí estaba planteando era justamente el valor del contrato como punto de partida, el cual establece un vínculo formal y legal con la institución al tiempo que la inserta en una comunidad y le otorga autonomía. Ese contrato habilita la inclusión de sus titulares como sujeto de derecho, en el sentido de lo que permite ser, hacer y reclamar. La relación que se construye en torno al contrato, como documento que regula las relaciones (además de derechos y obligaciones), parece determinante, pero no solo en términos jurídicos, sino a escala social, personal y afectiva. Ligado al contrato se halla la posibilidad de decidir, incluye una dimensión material pero también una dimensión subjetiva que contribuye al reconocimiento en una trama compartida.

En otra conversación, con varias mujeres de una de las primeras colonias en el litoral norte del país, Lidia, una mujer de más de 65 años cuenta su experiencia al momento de plantear en la oficina local el destino de la fracción tras el fallecimiento de su padre. Lidia era hija de un colono titular, provenía de una de las familias fundadoras de la colonia. Sus padres eran inmigrantes, que, desde la década del 50, después de casados, habitaron en la colonia durante unos 30 años y tuvieron dos hijas, Lidia era una de ellas. Lidia se casó con un hijo de colono y vivieron en la fracción de sus suegros durante muchos años. Cuando murió su padre en los años '80 la fracción quedó para su esposo, porque su hermana era casada con un hijo de colono y su marido ya había heredado un predio.


En esa época o la perdíamos la fracción o se la daban a mi esposo […]porque éramos dos hermanas. Las mujeres en esa época no figuraban, viste. Cuando falleció mí padre, vamos al instituto […] la fracción tenía una pequeña deuda mí padre se enfermó […] pero bueno nos hicimos cargo de la fracción trabajando para pagar la deuda […] Nosotros entramos como colonos en el año ´82, todo ese trámite lo hicimos juntos” (Extracto de entrevista, 2020).


Al volver a consultarle sobre por qué queda su esposo como titular de la fracción, otra muchacha joven que estaba junto a ella acota, “por qué antes no existíamos. Antes era impensable”. Continúa Lidia:


Porqué en esa época la mujer no trabajaba en un banco, no trabajaba nada, mi esposo me hizo un poder con un escribano para que yo hiciera todos los trámites […] si había que firmar un papel del instituto […] el me dio una autorización, yo hacía todos los trámites y el quedaba acá […] la fracción estuvo siempre a nombre de él. A mí nunca se me ocurrió que la mujer fuera titular […] lo que sí, si venía un comprador, un repartidor, yo decía que era la señora de fulano de tal […] yo nunca me sentí ni menos ni más que él, en ese sentido nosotros trabajamos juntos, si bien él era el titular de la fracción, el titular de DICOSE10 […] alguien venía y preguntaba cuál es el titular? el titular no está, yo me daba mi lugar, nunca me cuestioné en ese sentido […] y era la fracción de mi padre” (Extracto de entrevista, 2020).


Años después Lidia y su marido se presentan nuevamente en la oficina local del INC para solicitar el traspaso de la fracción a ella, porque su marido se decide jubilar. Era el año 2010, años antes de la política de la cotitularidad. “Ahí no hubo ningún problema de traspaso de fracción, eso fue todo en el día, señala. -Y ¿qué les parece que cambió? “Empezar a ser visibles las mujeres, a existir” (exclama la muchacha joven).

Luego de esta entrevista me dirigí a chequear la documentación institucional de manera de rastrear un posible cambio en la normativa. Sin embargo, el relevamiento documental permite constatar que no se registran nuevas disposiciones normativas específicas acerca de las posibilidades de transferir la tierra a las mujeres o en cuanto a la titularidad femenina, entre la década del ´80 y el año 2010.

Estos ejemplos ilustran el lugar del contrato en la experiencia de vida de las mujeres y las modalidades situadas de aplicación de las políticas que constituyen formas de hacer política en la cotidianeidad, las cuales, muchas veces se ubican más allá de las políticas y las leyes y condicionan el acceso de las mujeres a sus derechos.



El trabajo como categoría en disputa

Al tiempo volví a hablar con Lidia con el interés de profundizar en esa etapa de su vida y su recuerdo acerca de sus padres, la vida en la colonia, el pasaje de la tierra a su esposo y la situación de las mujeres.


Yo siempre estuve involucrada en los trabajos del campo, me gusta, me gustó siempre. También me gustó involucrarme en las comisiones. Mi esposo trabajaba y antes, bueno, las mujeres no eran visibles, por la misma sociedad, no las veías en ningún lado, ni en el Banco República, ni en el instituto, no veías mujeres, no tenían poder, mujeres empresarias […] hubo un mejoramiento en ese sentido, en el mundo entero pasó eso […] El hombre era el que gestionaba los créditos, era el titular, mi madre no hubiera podido sola, no podía sacar un crédito, pagar la renta […] Si yo me divorciaba él me podía dejar sin nada, [se ríe], pero no era culpa de él o de Colonización era un tema de la sociedad, era todo así. En la época que estaban los hombres, nosotras teníamos hijos chicos, y que íbamos a hacer, quienes se iban a quedar con los gurises. No era que no queríamos participar. En esa época la mujer era para la casa, pero también era multiuso, porque si tenías que ir al corral ibas, volvías a cocinar y había mucha gente que trabajaba, había que cocinarles también […] El trabajo de la mujer como que nunca se vió, porque vos cocinás, fregas, limpiás las casa y al ratito está todo para hacer [se ríe]” (Extracto de entrevista, 2020).


El relato de Lidia brinda detalles de las relaciones en el hogar y la división sexual del trabajo en la colonia de acuerdo a las valoraciones sociales de la época respecto a los varones y a las mujeres.

Por un lado, tal como ilustra Lidia, la organización sexual del trabajo es una de las categorías centrales para entender la configuración del sistema de género en este contexto rural, por otro lado, tal como argumenté en el apartado anterior, la titularidad de la tierra también configura un eje que estructura y organiza las relaciones sociales en torno a la tierra.

Las mujeres que recibieron tierra mediante la titularidad conjunta asocian la idea de ser titular de la tierra y “empezar a existir” a la idea del trabajo, “ahora trabajo”. Al indagar en estas expresiones, sobre cómo eran agenciadas por diversas mujeres y sobre las posibles relaciones entre estas categorías aparecieron otras, tales como, la propiedad de los animales (“tener el DICOSE”), la participación en ámbitos institucionales, de organizaciones y de grupos de producción, así como la asistencia a remates y ferias (para compra y venta de animales); contar con el beneficio de la seguridad social y el FONASA11, acceder a la titularidad de la matrícula de CONAPROLE12, de la cuenta para la compra de insumos productivos o la tarjeta del banco.

En estas representaciones es posible rastrear la idea de trabajo y la de propiedad asociadas al cuerpo sexuado, como atributos del varón, lo cual determina una exclusión de las mujeres. Pateman (2018), en relación al lugar del trabajo del hombre y su participación política más amplia en relación al “Estado de bienestar”, plantea que su contribución es parte de una construcción social como individuo y en tanto tal es propietario de su persona.


El trabajador es el hombre que ofrece como parte del contrato [sexual] una parte específica de propiedad en su persona; a saber, su fuerza de trabajo; y, como propietarios, todos los hombres pueden ser incorporados en un pie de igualdad como ciudadanos del Estado de bienestar” (p.25).



Pateman sostiene que la contribución que se le demanda a la mujer es una cuestión que atañe a lo privado, a los cuidados, a las tareas domésticas y reproductivas. Según esta perspectiva la idea de trabajo implica a su vez una idea determinada sobre el cuerpo y en relación a la posibilidad de entregar su fuerza de trabajo y su tiempo como su contribución (parte del contrato sexual en términos de Pateman). En este marco, la no incorporación de las mujeres al espacio político se sustentaba en su exclusión del espacio público.

Pateman sostiene que la contribución que se le demanda a la mujer es una cuestión que atañe a lo privado, a los cuidados, a las tareas domésticas y reproductivas. Según esta perspectiva la idea de trabajo implica a su vez una idea determinada sobre el cuerpo y en relación a la posibilidad de entregar su fuerza de trabajo y su tiempo como su contribución (parte del contrato sexual en términos de Pateman). En este marco, la no incorporación de las mujeres al espacio político se sustentaba en su exclusión del espacio público.

Según esta perspectiva la idea de trabajo implica a su vez una idea determinada sobre el cuerpo y en relación a la posibilidad de entregar su fuerza de trabajo y su tiempo como su contribución (parte del contrato sexual en términos de Pateman). En este marco, la no incorporación de las mujeres al espacio político se sustentaba en su exclusión del espacio público.

De este modo sugiero que la ubicación de las mujeres en la esfera pública es parte de los cuestionamientos que trae la cotitularidad. Si bien las mujeres mantienen sus roles vinculados a las tareas domésticas y de cuidados, aparecen menciones (enunciadas en los documentos sobre la política, en el hacer cotidiano de las mujeres y en el encuentro con el funcionariado) que desafían su incorporación en otros espacios, antes “propios” de los varones. Incluso, esto puede ser favorecido por ese descentramiento que plantea sobre la idea del varón como jefe de familia (único con la capacidad de proveer el sustento del hogar).

Así, en los primeros tiempos de implementación de la política empecé a notar en los relatos de las mujeres (quizás de manera más evidente en aquellas mujeres que están menos involucradas o más alejadas de “lo productivo”), expresiones vinculadas a animarse a asumir otros roles, ocupar otros espacios y la posibilidad de aprender otras tareas. “La cotitularidad te habilita, te reconoce, te animás”, desde realizar el ordeñe, y no solo limpiar la sala, darle de comer a los animales, a hacer la recorrida por el predio. La idea de que esto “también es mío” parecía motivar una relación más cercana en relación a las prácticas vinculadas con el trabajo agropecuario. De igual modo, esto se veía con las actividades asociadas a la participación en espacios de reunión con equipos técnicos de las instituciones que brindan apoyo, con el técnico que asesora el emprendimiento, en organizaciones o grupos de producción, entre otras actividades.

Porqué viste que no he tomado la decisión yo este año voy a vender tanto ganado, pero quién dice que otro año si lo puedo hacer”. Surge a su vez la idea de disponer de mayor seguridad, de un espacio para tomar decisiones, poder firmar los papeles, hacer trámites, representar a la familia, “me da un lugar“, “te da lugar frente a otras cosas”. Algunas mujeres destacan a su vez cierto “clima social” que acompaña estos procesos, “ahora hay un cierto cambio de mentalidad. [Las mujeres] se interesan por temas que antes eran de hombres, por ejemplo, lo ves en los cursos, de esquila, de inseminación, ahora también van mujeres” (Extracto de entrevista colectiva, 2019).

Se asocia la idea de tener la titularidad conjunta de un predio con la posibilidad de adquirir mayor independencia económica. Tener “su parte” del predio o del ingreso del hogar les permite resolver sobre sus gastos, “darse ese gustito sin consultar a nadie”. Generalmente se trata de gastos que los sienten personales y están asociados a lo doméstico, a la casa, a los/as hijos/as, a su cuidado personal o para realizar actividades recreativas.

Por otro lado, sienten la posibilidad de participación en diversos ámbitos de incidencia y representación del emprendimiento familiar. La titularidad de la tierra habilita un “lugarcito” para tomar decisiones, producto en parte del reconocimiento social y jurídico que conlleva el título de propiedad o contrato para el uso de la tierra.

Esta apertura de la política, y el despliegue de otras prácticas asociadas a ello, gesta un sentimiento de realización personal, de algo logrado que lleva a asignar tiempo y asumir roles por fuera de lo doméstico.

Bajo esta perspectiva, la política incentivaba representaciones ligadas a la autoconfianza, el autorespeto, la autonomía tanto económica como social. Ponía en juego valores compartidos, intersubjetivos, que podrían lograrse y perderse y motivar la construcción de identidades (Honneth, 1997).13 De esta manera, pensarse como productora, inscribirse en llamados como solicitante a tierra, buscar financiación, asistir a capacitaciones productivas, reivindicar sus derechos, entre otras cuestiones que parecía gestarse a partir del contrato seguro de la tierra. Así también, ir perdiendo el miedo al “qué dirán” porque hay un reconocimiento normativo que las impulsa a ocupar otro rol. Podría decir con Honneth (2009) que es una manera de ganar prestigio social en el sentido de valoración social e individual en un contexto de valores comunes y una praxis común.

He argumentado que el papel del contrato lleva a cierta redefinición de las relaciones sociales, institucionales, políticas, jurídicas y simbólicas. El modo en que a partir de la firma de un contrato por la tierra las mujeres comienzan a experimentar cambios en sus relaciones da cuenta de ello. Sin embargo, tal como he mencionado en otros sitios (Camors, 2016), sucede que hay cuestiones internalizadas (por ejemplo, en cuanto a los roles de género asociados a la organización del trabajo en la explotación familiar) que no es posible desmontar solamente mediante el modo contractual y que desbordan el ámbito de la cotitularidad.



Un apunte final

Adicionalmente, es interesante señalar uno de los movimientos en el proceso de formulación de la ley que lleva a emplear el término titularidad conjunta en vez de cotitularidad, lo cual puede leerse como una forma de acción social y simbólica (en el sentido de Shore, 2010). El hecho de haber participado de esta discusión mientras realizaba trabajo de campo, me lleva a pensar que una de las razones que fundamentaba este cambio era apuntalar la identidad de las mujeres como colonas, contribuir a su legibilidad a nivel institucional (desde la mirada del funcionariado) y en cuanto a sus relaciones sociales, entre los colonos. En una conversación con Irma, una mujer que vive y trabaja en la ruralidad, señalaba que “siempre fuimos colaboradoras, ¿por qué nos ponen cotitular, siempre tenemos que tener un hombre al lado? (Extracto de entrevista, 2018). Para ella la cotitularidad parecía ser una adjudicación-con, lo cual no implicaba un reconocimiento ni un logro de mayor autonomía. Estas expresiones eran frecuentes y parecían demostrar que no se alcanzaba el cometido de la política y quizás una de las dificultades se hallaba en las representaciones que se configuraban a través del nombre de la política y que eran reforzadas en las interacciones. Así, la nueva denominación incorpora en la política disputas que estaban tensionando su implementación, en tanto, se buscaba zanjar las dificultades que se producían en el encuentro con el funcionariado, y a la vez legitimar la categoría colona, principalmente para aquellas que se percibían como cotitulares de sus maridos.



A modo de cierre

El análisis de las figuras de “el buen colono” y “la familia” asociadas al origen de los procesos de la colonización y en particular del INC, busca aportar elementos para analizar el modo en que estás concepciones han ido construyendo la idea de estado, permeando la mirada institucional, del funcionariado y de la población sobre el sujeto beneficiario de las políticas de tierras. Este enfoque muestra porque la aplicación de la ley causa “desorden” para aquellos actores (y prácticas) que han internalizado la política de tierras desde el sujeto beneficiario del “buen colono y su familia” y cómo estas ideas y representaciones inciden en la búsqueda de alternativas moralmente ambiguas en la aplicación de la política.

A partir de la implementación de la cotitularidad se observa el paulatino proceso de transformación del campo de actuación del INC, lo que sucede en la gestión local, las formas de hacer política en la cotidianeidad y movernos en los espacios de aplicación de las políticas. Los encuentros serán un eje central que muestran superposiciones de escalas espaciales, institucionales, tramas locales, de sensibilidades y de cuestiones ligadas a las subjetividades de quienes interactúan. Por ello, me valgo también de los documentos como interlocutores, junto a los cuales construyo (en parte) el conocimiento y el argumento para describir y explicar los fenómenos. El encuentro con los documentos (los contratos en este caso), a través de los usos y sentidos de quiénes los producen, manipulan, los pasan o archivan, ofrecen una dimensión de la experiencia cotidiana al ubicar discursos y prácticas en lugares y espacios vinculados a las políticas.

Por otro lado, las cuestiones que rodean a las políticas, las relaciones que se establecen en torno a la tierra y los contrastes que introduce la cotitularidad, nos lleva a reflexionar sobre cómo se vive la política en relación a la noción de trabajo.

La subjetividad de las mujeres como colonas se configura en torno a la idea de trabajo como elemento que permitió una adscripción directa y que legitima (en este contexto rural) su lugar de sujeto de derecho, sin embargo, se advierte la precariedad de la legitimación de las mujeres como trabajadoras al no ser consideradas en los mismos términos que los varones.

Así, este trabajo buscó describir etnográficamente, en el contexto de la aplicación de una política pública de tierra, las representaciones derivadas de la categoría colona, su construcción en su dimensión relacional, sus conexiones, cómo se constituye cotidianamente y las narrativas de identidad que se generan fruto de las interacciones locales.

A través del análisis de estas representaciones surge que las categorías “trabajo” y “figurar en el contrato” de la tierra merecen ser abordadas analíticamente para pensar en la política como una construcción social y su incidencia en la configuración de subjetividades en tanto se enuncian como ejes que organizan las relaciones sociales en torno a la tierra y más allá de esta, en el contexto rural.

Así también, para pensar en los modos en que lo técnico, lo político y lo burocrático interactúan con lo afectivo y lo moral, y muestra que ir contra lo instituido a veces resulta intolerable para algunos actores y es vivido como amenaza al orden social/moral. En este sentido, demuestra el poder del encuentro y las interacciones cara a cara como parte de los procesos políticos, donde se juega una parte importante de la implementación de las políticas.




Notas de la ponencia:


1
 Se utiliza referencias bibliográficas APA.

2 Siguiendo a Bourdieu, se considera “campo” al “espacio estructurado” “de relaciones de fuerza” que tiene lugar en las regionales, las colonias, las actividades locales donde se encuentra el funcionariado y la población destinataria, entre los documentos que se producen y circulan; ese conjunto de actores y acciones con un modo particular de conocimiento que se halla sujeto a variaciones resultado de las luchas de poder que lo atraviesan.

3 Actualmente trabajo como antropóloga en una oficina de seguimiento y evaluación de los procesos que despliega el INC en el territorio.

4 Ley 19781 de artículo único modifica la ley relativa a la adjudicación de tierras.

5 Actualmente se registran el triple mujeres titulares en el INC, pasando del 11% en 2014 a 34% en 2023 (www.colonizacion.com.uy).

6 Referencia a plataforma tecnológica para gestión de expedientes.

7 Da Matta (2002) al analizar el significado cultural de los documentos en Brasil sostiene que “hay documentos centrales y periféricos de la misma manera que hay diversos grados de ciudadanía” (p.58). Señala, que los documentos más importantes son aquellos que generan otros documentos, que establecen el punto de partida de la vida cívica de cualquier brasileño, como es el caso del certificado de nacimiento. En términos analíticos trazo aquí una comparación con respecto a lo que sucede con el contrato de arrendamiento.

8 Véase Resolución N°.29, Acta N°.5231, 2014. INC.

9 Diversos estudios relacionan la tenencia o propiedad de la tierra de las mujeres con una posición de negociación más fuerte dentro del hogar y la comunidad, al tiempo que consideran que poseer bienes refuerza el lugar de resguardo de la mujer, la posibilidad que subsistan fuera del hogar más allá del vínculo marital, logrando así mayor autonomía (Agarwal 1994; Deere y León 2000; Camors 2016).

10 Declaración jurada anual de existencia de ganado, tenencia y uso de suelo ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

11 Fondo Nacional de Salud.​​

12 Cooperativa Nacional de Productores de Leche.

13 Tomo algunos aspectos de Honneth (2009;1997) para pensar la relación entre cierto grado de seguridad personal, derechos adquiridos y concedidos intersubjetivamente para el logro de autorrealización y reconocimiento y con ellas el despliegue de otros procesos que transcurren en la interacción y motiva la construcción de identidades positivas.

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