El merecimiento urbano y los imaginarios de estar aqui. El procesos de re-urbanizacion de Villa 20 en la ciudad de Buenos Aires.

SP.12: “Hacer y habitar” la ciudad latino-americana contemporánea

Ponentes

Nombre Pertenencia Institucional
Tamara Mailen Haber Intituto de Ciencias Antropologicas

INTRODUCCIÓN

 

En los últimos años, desde la planificación estratégica y gestión de las ciudades latinoamericanas se adoptó el modelo de urbanismo social (Perez Fernandez 2010; Quinchia Roldan 2013; Restrepo 2014) como un abordaje privilegiado y superador para diseñar e intervenir en los espacios de relegación señalados tradicionalmente como hábitats de la pobreza.  En el 2016 la Ciudad de Buenos Aires, luego del ascenso de  un nuevo jefe de gobierno porteño de la alianza Cambiemos -Horacio Rodríguez Larreta- comenzó a implementar, en algunas villas de la ciudad, el urbanismo social como nuevo paradigma de intervención urbana. Este modelo significó un giro en relación al modelo de intervención que implementó el anterior jefe de gobierno porteño de la misma alianza política, Mauricio Macri (Cravino 2018). 

Este modelo habilitó la participación y la discusión pública de la re-urbanización de varias villas en la ciudad de Buenos Aires. En relación a Villa 20 en particular, se llevó a cabo una modificación de la Ley N°1770 del 2006 “Reurbanización, Zonificación e Integración socio-urbana de la Villa 20” y la implementación de un sistema participativo orientado a definir las directrices de dicha re-urbanización mediante un dispositivo específico y sistemático: la mesa de gestión participativa por a re-urbanización de Villa 20 (en adelante MGP). Esta intervención dio origen a un modelo que los funcionarios responsables denominaron “proceso-proyecto” que tiene como eje principal “al diálogo de saberes como herramienta de construcción de consensos” y que busca garantizar el “respeto” por la “identidad cultural” del barrio, siendo este un eje central para la intervención progresiva basada en una planificación “participativa” y “flexible” (Motta y Almansi, 2018, p. 150). Esto se da en el contexto de una demanda histórica por la urbanización de una villa cuya ley de urbanización llevaba más de 15 años de incumplimiento, tras importantes eventos de conflictividad urbana por toma de tierras y desalojos violentos, y en el marco de la creación de la Villa Olímpica en las inmediaciones de la Villa 20 dentro del modelo de intervención de “reconversión por desarrollo”  (Girola, Yacovino y Laborde, 2011) de las Ciudades Neoliberales.

Ante este giro de paradigma, la implementación del urbanismo social en espacios de relegación, en diálogo y enmarcada en una ciudad que consolidó un modelo urbano de tipo neoliberal desde los años ´70 durante el gobierno de facto (Snitcofsky 2018), invita a cuestionar sobre los límites y potencialidades de esta manera de intervención. Algunos autores (Cravino 2018) han señalado que la forma de implementación de este modelo ha sido en clave neoliberal en detrimento de los derechos del habitar con el objetivo de dotar a los gobierno neoliberales de una cariz progresista y otros (Zapata 2020) aun en este cuestionamiento han identificado matices en la implementación del modelo según un analista comparativo entre la Villa 31 y la Villa 20.

Mediante el trabajo de campo que llevé a cabo durante los año 2016 y 2017 que consistió en el seguimiento de las discusiones en torno a la modificación de la Ley por la re-urbanización de Villa 20 y su implementación, me propuse analizar los imaginarios, los sentidos y las demandas de los actores en relación a su habitar que se pusieron en movimiento durante estas discusiones. Me guié por las siguientes preguntas: ¿Qué formas asumen los imaginarios de la ciudad en el marco de proyectos de urbanismo social? ¿Cuál es la forma que asume la demanda por el derechos a la ciudad y a la urbanización en relación al habitar de los sujetos? ¿Cómo los actores mediante sus imaginarios e ideas de ciudad desafían, resisten o se acoplan a los modelos de urbanismo implementados “desde arriba”? ¿Es la clave neoliberal la única que se impone, o los activistas por la urbanización, pueden negociar sus propios términos? ¿Cómo se tensionan o no con los ideales neoliberales de ciudad y ciudadanía?

 

 En este sentido, por emergente de mismo campo, recuperamos la categoría de merecimiento urbano inspiradas en el libro emérito de Oscar Oszlak para indagar sobre las continuidades y revisar la dimensión moral que subyace en las definiciones urbanas y cómo estas son negociadas, tensionadas y desafiadas por la producción de imaginarios locales centrados en la experiencia de habitar de los sujetos.

 

Nos centraremos especialmente en el analisis de fuente documentales como leyes, programas de gobierno y normativas, y también en el abordaje etnográfico del proceso de re-urbanización de Villa 20 en la Ciudad de Buenos Aires.

 

La Villa 20 y la Comuna 8.

La Villa 20 se encuentra dentro de los límites del barrio de Lugano, al suroeste de la Ciudad de Buenos Aires, en lo que se establece como Comuna 8 (Villa Soldati, Lugano y Villa Riachuelo), el límite más austral de la ciudad. Hacia el sur limita con los partidos de Lomas de Zamora y de Villa Celina del Gran Buenos Aires, en el sector norte con el barrio de Flores y hacia el oeste con los barrios de Mataderos y Parque Avellaneda. Esta comuna se caracteriza por contar con la mayor cantidad de metros cuadrados de espacios verdes por habitante superando ampliamente el promedio general de la Ciudad -un 1,28 metros cuadrados por habitante, mientras el promedio de la ciudad es de 0,59-[i]. Por otro lado, la mayor parte de su población, el 65% exactamente, reside en asentamientos, villas o complejos habitacionales deficitarios.  


Figura 1. Elaboración propia. Villa 20 y la Comuna 8 (2017). Los polígonos magenta son villas y asentamientos, y los polígonos naranjas son complejos habitacionales. Mapa interactivo disponible en: https://www.google.com/maps/d/u/0/edit?hl=es-419&mid=1IPA41DF49r_Jggai0QtJPo1KvZE&ll=-34.64131577100691%2C-58.472463875141685&z=12

 

Las tierras de Villa 20 comenzaron a ocuparse en 1948, a partir de la construcción de un grupo de viviendas por la fundación Eva Perón sobre las calles Larraya y Strangford (hoy Batlle y Ordóñez) para dar localización a familias alojadas en hogares de tránsito. En torno a estas viviendas comienza a poblarse, que alcanza en 1976 cerca de 10.000 habitantes, para caer drásticamente a cerca de 4.000 con el proceso de erradicación de villas de la dictadura militar. (Motta y Almasi, 2018). El crecimiento de Villa 20 vuelve a activarse a partir de la década del 90. Paralelamente se inicia el Plan de Radicación de Villas, que en el año 2000 comienza su intervención en la Villa 20 con sucesivas interrupciones, hasta su finalización en 2006.  Según datos del Censo realizado por el Instituto de la Vivienda en agosto de 2016[ii] vivían en Villa 20 aproximadamente 27.990 personas, conformando 9.116 familias las cuales habitan en unas 4559 viviendas. El 90% de las viviendas tienen dificultades para acceder a los servicios básicos.

Figura 2. Villa 20 vista desde arriba. Nueva Ciudad. 2015.

 

Por otro lado, la Comuna 8 fue escenario de dos hechos de disputa y tensión por el derecho al espacio urbano de los sectores populares en la historia reciente de la Ciudad de Buenos Aires. Uno de ellos, el más emblemático, fue la toma del Parque Indoamericano en el año 2010. Un grupo primero de 300 personas, y luego 6000 personas, “tomaron” y lotearon un espacio verde y público de vital importancia cultural y de socialización en las inmediaciones de la Villa 20 con el objetivo de instalar sus viviendas en el lugar y bajo la demanda de soluciones habitacionales para el Gobierno de la Ciudad (Canelo, 2015). Después de unas cuantas semanas de tensión fueron desalojados violentamente en un operativo conjunto entre la policía local y la nacional ocasionando la muerte de tres personas. El segundo hecho, ocurre en el año 2014 cuando cientos de familias “tomaron” un terreno lindando a la Villa 20 en el que durante años había funcionado un cementerio de autos propiedad de la Policía Federal y que había sido despejado hace poco tiempo para afectar al proceso de urbanización de la Villa 20. La ocupación duró más de seis meses, tiempo en el que los ocupantes –mayormente identificados como inquilinos de villas y asentamientos de la comuna- se organizaron para lotear el predio y nombrarlo “Papa Francisco” en homenaje a Jorge Bergoglio, el sacerdote argentino elegido como papa el año anterior y en buscas de legitimarse en el lugar (Cravino, 2019). El desalojo en esa oportunidad se produjo tras el asesinato de una adolescente en el predio y producto de una causa judicial.

 

Figura 3. Fotografía del loteo y las casillas del terreno lindante a la Villa 20 que denominaron  “Papa Francisco”. Marzo 2014, Taller Libre de Proyecto Social.

 

Las características socio-urbanas y la historia reciente de la Comuna 8 hacen que este territorio sea identificado y caracterizado por las autoridades locales como problemático para el planeamiento urbano y para el desarrollo urbano (Arqueros Mejia, 2018). De esta manera, se presenta desde la gubernamentalidad cierta racionalidad que propone la formulación de políticas para la intervención específica del Estado sobre los territorios problema, de arriba hacia abajo, ofreciendo cierta “zona de alianza” y como solución técnica, “natural” de los expertos, llevando el debate fuera de la política (Shore 2010).

El ascenso de los social: el urbanismo social y sus límites.

El desembarco del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) en la Villa 20 de la mano de un nuevo titular del IVC en el año 2015, significó una actualización de las discusiones sobre qué es el derecho a la ciudad, qué es la urbanización y qué es la integración socio-urbana. Como conclusión de esas discusiones, se sancionó la Ley 5705 o de “Reurbanización, Zonificación e Integración socio-urbana de la Villa 20” en el año 2016, hito del proceso de reurbanización, la cual fue discutida con diferentes actores en diferentes instancias institucionales, como la Comisión de Vivienda de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires pero tambien barriales. En simultáneo, las discusiones públicas se desarrollaron en lo que se llamó Mesa de Gestión Participativa para la Reurbanización del Barrio Villa 20, un espacio de encuentro y de gobierno entre les diferentes actores barriales, las áreas de gobierno involucradas y de enlace. Esta mesa buscó “garantizar e instrumentar la participación activa de los vecinos del barrio en todas las etapas del proceso de reurbanización” (Art. 2, Ley 5705).

El urbanismo social surge en la ciudad de Medellín (Colombia) desde el año 2004 para “englobar un conjunto de acciones dirigidas por el gobierno municipal hacia territorios tradicionalmente marginados del desarrollo urbano. Comienza a circular con fuerza en el discurso oficial como una noción asociada a la transformación física y social de territorios pobres, violentos y cuya configuración físico-espacial surge de manera informal. En este sentido, se priorizan zonas de la ciudad con menores Índices de Desarrollo Humano y Calidad de Vida para ser intervenidas” (Quinchía Roldán y Esneda Beatriz Arrieta Neiram  2012).  

 Considero que en la Ciudad de Buenos Aires estas planificaciones se sumergen en procesos de neoliberalización de la ciudad que reactualizan, en un contexto de democratización, imaginarios cristalizados en la política urbana de la década del 70’. Sin embargo, cabe preguntarse, cuál es el límite de este modelo. ¿Es el modelo neoliberal el que se instala o los movimientos urbanos que demandan el derecho a la ciudad (Harvey 2014) propios de ciudadanías insurgentes (Holston 2009) pueden imponer sus términos en esta intervenciones?

El trabajo de campo con perspectiva etnográfica se realizó con los habitantes de Villa 20 y activistas por la reurbanización, especialmente quienes forman y formaron parte de la Mesa Activa por la Re-urbanización de Villa 20, un espacio de articulación de diferentes actores barriales (partidos políticos, organizaciones de base, organismos estatales, centros comunitarios y referentes) que confluyeron en esta mesa para “luchar por la reurbanización de Villa 20”.  Entendiendo que el campo es una red de relaciones, el trabajo de campo se realizó de manera multisituada. Realicé recorridas por Villa 20 y entablé conversaciones informales con activistas y habitantes de la villa en diferentes contextos. Realicé entrevistas semiestructuradas a referentes y activistas. También participé de comisiones parlamentarias en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires y acompañé a activistas a las audiencias públicas. Así mismo, se incorporó al análisis fuentes secundarias como normativas, notas periodísticas, versiones taquigráficas y artículos académicos pertinentes al problema de investigación.

 

El merecimiento como categoría analitica y nativa.

Las inquietudes en torno a la categoría de merecimiento urbano surgieron en el marco de una anécdota de campo. El IVC realizó una actividad en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires a la que denominó “Diálogos de saberes”. El disertante principal fue Oscar Ozlak. La actividad fue una manera de traer al presente el libro “Merecer la Ciudad” que el autor había publicado en el año 1991. En él analiza las políticas urbanas de la intendencia de la última dictadura militar en la ciudad de buenos aires. Las mismas habían resultado en la expulsión de los sectores populares de la ciudad basándose en un régimen moral de merecimiento. En este nuevo contexto histórico, caracterizado por un giro democrático pero liberal de la ciudad, bajo el paradigma del urbanismo social, el merecimiento se hizo presente como categoría, dialogando con nuevos imaginarios, intereses y significados.

Para Otazu y Muriel (2020) el merecimiento inspiró a la tradición lberal en la gestión de la pobreza gobernada mediante clasificaciones morales que justificaban la asignación de recursos.  En este contexto, el merecimiento aparece como el orden moral mediante el cual, se define quienes son los legítimos habitantes de la ciudad y como parte nodal de una economía moral que ordena e interviene en el hacer ciudad. 

Enmarcado en un nuevo paradigma basado en el urbanismo social, y centrado en el caso de reurbanización de la Villa 20, el merecimiento se pone en movimiento y se actualiza en diálogo con el entramado de exclusión de la ciudad neoliberal. En consideración de este abordaje es que analizamos cómo en contextos de procesos de surgimiento de leyes de reurbanización de villas en la ciudad de Buenos Aires, se reactualiza y localiza nuevamente la categoría de “merecimiento” en sintonía con los contextos de modelos de planeamiento vinculados al urbanismo social.

Parto de la hipótesis de que es en este contexto en donde, entrelazados con los imaginarios urbanos sobre la ciudad y aquellos situados en espacios de relegación como son las villas, se actualizan los merecimientos y los criterios morales de acceso a la ciudad y de ser merecedor de residir en la misma. El merecimiento se plantea como una categoría nativa, pero también analítica que permite indagar en la construcción histórica de estos procesos urbanos a la vez que permite analizarlo etnográficamente en un entramado de relaciones concretas históricamente situadas y en diálogo con formas de construcción de ciudadanías.

 

 

Los imaginarios del merecimiento urbano.

La nueva perspectiva de acercamiento social del IVC impulsada especialmente a partir del 2015, reconoció en les habitantes los derechos de residencialidad y de participación en el hacer ciudad y se abrieron instancias de discusión pública con presencia de residentes y organizaciones barriales. ¿Qué sentidos y qué imaginarios urbanos recuperaron los habitantes y activistas para reclamarse como legítimos habitantes de la ciudad y beneficiarios de la reurbanización de la villa 20?

Les vecines y activistas nucleados en organizaciones construyeron sus propias retóricas donde se jugaron nuevos modos de merecimiento vinculadas al habitar urbano[iii] y se actualizaron viejos. La “domesticación del espacio” (Giglia, 2012) fue uno de los elementos más enunciados. La misma se encuentra inscripta en las prácticas cotidianas y repetitivas que convierte el espacio y adquiere un sentido especial para los sujetos. En este sentido, la domesticación del espacio y su transformación de un espacio “salvaje” en espacio un espacio “habitado”, “urbano”  se volvió un aspecto central en la reproducción del merecimiento y en la articulación de procesos de identificación de unos y otros en relación a la producción de “ciudad”.

“Aca la tierra es falsa”: el poder creador del esfuerzo y la cooperación.

El esfuerzo y el trabajo tanto material como simbólico ocurrido a lo largo del tiempo se destacaron en la narrativa de la transformación del territorio, de un lugar inhabitable a un espacio organizado e identificado como urbano, localizado. Así lo expreso una de mis entrevistadas (Registro de campo, 3 de junio de 2016) cuando afirmó: “Acá la tierra es falsa. Acá abajo  hay heladeras, autos, escombros de todo, pero no tierra. Nosotros rellenamos para ganar tierras”.

La evidencia de continuidad en el territorio mediante la memoria y la expresión del esfuerzo de los construcción de las casas, la instalación de los caños de agua, los loteos desde la perspectiva de la cooperación y los espacios consolidados de sociabilidad como las canchas de fútbol aparecen en los discursos de los actores como una memoria privilegiada del proceso de transformación de ese territorio en un espacio localizado y significado.

Figura 4. Fotografía familiar utilizada por un residente entrevistado para mostrar cuando era chico y cómo era  aquel espacio que ahora es una cancha de fútbol consolidada (Material de campo Tamara Haber).

Sufrimiento urbano. La desigualdad y las topadoras.

Siguiendo a Auyero y Swistun (2008) coincidimos que hay mecanismos de dominación sutiles que caracterizan la experiencia de habitar estos territorios y enclaves de pobreza. Al respecto, les autores construyen la categoría de sufrimiento para analar la manera en que los residentes de Villa Inflamable -ubicada en provincia de Buenos Aires- significan su experiencia del habitar. El sufrimiento como categoría social y como categoría urbana para significar el entorno aparece también en los discursos de les residentes de Villa 20 en el marco de la construcción de la demanda pública y como parte de la lógica de merecimiento. 

Les activistas señalan a la falta de presencia del Estado como causantes de situaciones trágicas.  Una vecina en la audiencia explicó que “muchas casas se incendiaron por falta de urbanización en la Villa 20. En los últimos diez u once años han muerto 7 pibes por la falta de urbanización.”[iv] Este criterio aparece como la contracara del anterior: cuando en el anterior les vecinos y residentes apelaban a su capacidad de autoconstrucción a expensas del poder ordenador pero ineficiente del estado, aquí se pone de relieve el lugar de víctimas por la indiferencia estatal y la desigualdad urbanas.

Por otro lado, las apelaciones a “la lucha” por la urbanización y la permanencia en el territorio en la “época más trágica de la erradicación” -en referencia a la última dictadura militar- son parte de las narrativas y la memoria que les residentes hacen circular en las instancias públicas en las que se debate la urbanización. Los imaginarios del merecimiento relacionados con experiencias de persecución, desalojos y represión, y asociados al sufrimiento, son recuperados por les activistas como una ganancia de localización en relación a procesos de resistencia que trajeron como consecuencia una continuidad histórica en el territorio y que proyectan e insertan a la historia local, la de la villa, en una historia más amplia de la ciudad y del país. La imagen fuerza de la dictadura es recurrente en este sentido.

Figura 5. Documento expedido por la intendencia de la Ciudad de Buenos Aires durante el proceso de erradicación de Villa 20: Certificado de Asentamiento Precario. Fuente: Archivo de la Memoria Popular Villa 20

 

Los límites del merecimiento.

El análisis de  “los márgenes del estado” según uno de los enfoques propuestos por Daas y Poole (2008) apuntan a aquellos lugares donde están las personas que son, supuestamente, insuficientemente socializadas en el marco de la ley, aquellos lugares que se identifican con “la falta de poder centralizado del estado”. Por lo tanto, cobra relevancia comprender y observar cuáles son las tecnologías específicas del poder a través de las cuales se intenta “gobernar” a estas poblaciones y territorios, “tanto a través de la fuerza como a través de la pedagogía de la conversión intentando transformar a estos “sujetos rebeldes” en sujetos legales del estado” (p.24).

Podemos decir que fue en la MGP en donde, moldeados por el ethos estatal (Carrigan y Sayer, 1985), se discutieron los términos del merecimiento que se habían enunciado durante la construcción de la demanda pública. En estas discusiones, los imaginarios de merecimiento enunciados por les activistas para convertirse en legítimos beneficiarios de la política pública vehiculizaron también formas de construcción de ciudadanía. En la MGP estos criterios se fortalecieron y también se tensionaron, con situaciones locales concretas y con sujetos específicos que no cumplían con dichos criterios.

 Los criterios e imaginarios de merecimiento que se pusieron en movimiento en la demanda pública fueron la domesticación del espacio, es decir, la transformación de un territorio no localizado, en uno habitable y localizado a través del esfuerzo, el trabajo y la cooperación; el sufrimiento urbano en relación a la historia de exclusiones, erradicaciones y la desigualdad de “vivir en un territorio abandonado por el estado”; y también la retórica de derechos en relación al derecho de vivir en la ciudad.  Estos criterios de merecimiento fueron debatidos y negociados también en la MGP en la medida en que la abstracción característica del lenguaje de derecho y de la ciudadanía debía dar lugar a sujetos localizados y situados  a partir de la tarea de definir los límites de ese merecimiento.

 

No merecedores.

La duda y la sospecha, dice Asad (2008), ocupa un lugar entre la ley y su aplicación. La incertidumbre es un efecto de la relación entre la abstracción del lenguaje del estado y de la ciudadanía, y los contextos situados que inauguran momentos de tensión justamente cuando disponen de sus márgenes: ¿Quienes van a ser los beneficiarios de esta política? ¿A quiénes incluye? ¿A quienes no? ¿Se establecen nuevas jerarquías y exclusiones? ¿De qué manera se implementa esta nueva membresía?

Uno de los sujetos sobre el que cayó el peso de la duda fueron les inquilines. Si bien la demanda por su incorporación formó parte desde un inicio de la demanda por la urbanización, especialmente en la agenda de la Mesa Activa e incluso se tuvieron en cuenta en el diseño de la política pública[v],  en la MGP existieron actores que echaron dudas sobre ellos[vi]. Les inquilines se presentan como sujetos disonantes en relación a los criterios de merecimiento enunciados y en dónde los discursos abstractos de derechos terminan por reproducir criterios restrictivos y meritocráticos en los contextos situados.

En una de las MGP, cuando se estaban definiendo los alcances de las soluciones habitacionales[vii], una activista le preocupó cuál iba a ser el tratamiento para con les inquilines. En su intervención sostuvo: “esperamos que tengan respeto por los vecinos que estamos desde hace muchísimos años. No puede ser que tengamos el mismo tratamiento que los inquilinos”. En la misma mesa, pero en otra oportunidad, otro activista señaló: “...nosotros no estamos de acuerdo con que los beneficios sean para los inquilinos. Algunos alquilan acá, pero tienen vivienda en provincia.”[viii] La sospecha de que su condición se encontraba en “los márgenes” de la determinación del beneficio se basaba principalmente en la antigüedad. Esto es, la no continuidad temporal en el territorio y por consiguiente, el no cumplimiento por parte de estos sujetos de los criterios de domesticación, sufrimiento y cooperación claves en la construcción del merecimiento que configuraron sus imaginarios históricos.

En este sentido, puede tomarse en consideración lo descrito por Fassin (2015) en torno a la economía moral, en donde esta no tiene que ver con la producción de riquezas, sino también con la producción de normas, valores, sentidos y sentimientos morales. En el caso de Villa 20, “los propietarios” contribuyeron a producirlos hace más tiempo, y no así les inquilines.  Por su parte, Cravino (2006)  recupera lo postulado por Norbert Elias y Scotson (2000) en relación a los establecidos y outsiders para explicar la situación entre propietaries informales e inquilines. En las entrevistas que ella realizó a les propietaries informales, les mismos también consideraron tener más derechos que les inquilines porque “no tienen el mismo compromiso con el barrio” y “tienen menos antigüedad”. La distinción entre “establecidos y outsiders” no se vinculaba con la nacionalidad o pertenencia, sino únicamente con el atributo de ser vecinos más antiguos o recientes; el grupo establecido atribuía a su grupo “características humanas superiores” (p.20) y a los considerados outsiders se les nombraba en términos peyorativos.[ix]

En las expresiones de les habitantes vertidas en las notas de campo,  algunes “propietarios” asumían tener “mas derechos” que les inquilines, marcando que la relación con la vivienda y el derecho sobre su entorno urbano, la ciudad, se expresaba más en términos morales que en relación a la legalidad de la propiedad. Puesto que ninguno de elles es propietario según la norma oficial, las relaciones de propiedad y de derechos se muestran en términos de una legitimidad cuya fuente es la construcción moral comunitaria.

Otros actores sobre quienes cayó la duda sobre si se constituían o no merecedores de la reurbanización fueron aquellas personas identificadas como las que participaron de la toma del barrio Papa Francisco en el año 2014. Como explicamos con anterioridad, en ese año se produjo una “toma” de un terreno ubicado en la calle Roca y Larrazabal, donde funcionaba el cementerio de autos de la Policía Federal y cuyo territorio se encontraba destinado a la “urbanización” del barrio. Algunos de los participantes de la toma formaban parte de la Mesa Activa  y también de otra facción lideradas por uno de los referentes históricos del barrio.

El cuestionamiento de que estos actores sean beneficiarios se manifiestó en términos morales en la MGP, en la que se refirieron a un criterio de merecimiento vinculado al “bien común”, es decir, al bien de la comunidad barrial y el imaginario de la cooperación comunitaria. Este criterio ya había sido expresado en otras oportunidades. No solo en los relatos en relacion a la colocación de la luz, los caños o la infraestructura urbana. Sino también, en la acción de les activistas durante la demanda pública. Apareció, especialmente en el “esfuerzo” que realizaron las diferentes facciones del barrio consideradas antagónicas para ponerse de acuerdo, y cooperar, en la sanción de la nueva ley en pos de un “bien comun”: la re-ubanización.  Así lo expresó Maximiliano Sahonero, hijo de Victor Sahonero, legislador de la ciudad por el PRO y habitante de Villa 20, en una de las reuniones desarrolladas en la Legislatura: “Me llena de emoción ser parte de esta construcción colectiva. Me pone contento que podamos juntarnos lo que antes no nos podíamos juntar ni a jugar un partido de fútbol por el bien del barrio.” (Reunión de Diputados. Comisión de Planeamiento Urbano y Presupuesto, Octubre 2016, Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires).

En relación a la toma del Papa Francisco, y a quienes habían participado de ella, se manifestaron diferentes sentidos de merecimiento. Para algunes, quienes habían sido partícipes de la toma no habían sido “buenos vecinos” porque habían decidido ocupar un terreno que no les correspondía, actuando de una manera contraria a la moral de la comunidad en la medida en que sobrepusieron sus propios intereses antes que el los del barrio : “La toma del Papa Francisco iba en contra de nuestros intereses. No fueron buenos vecinos al tomar esas tierras y ahora van a recibir los beneficios” me expresó un activista en una MGP (Julio 2016) en el marco de las conversaciones sobre el establecimiento de prioridades en las soluciones habitacionales. Para esta activista la personas que habían participado de la toma del papa francisco no debían ser consideradas en la asignación de soluciones habitacionales.

Por el otro lado,  para otras facciones, la toma del Papa Francisco había sido “un hito de la lucha por la urbanización”. Al contrario de lo que decían otros activistas, para quienes estaban nucleades en la Mesa Activa, la Toma del Papa Francisco había sido parte, la parte más reciente, de una genealogía de la lucha para alcanzar la urbanización: “Todo esto empezó con la Ley 1770, que no tuvo respuesta; empezó con el Parque Indoamericano, donde se perdieron vidas; con el barrio Papa Francisco, donde la gente se asentó y reclamó un derecho. Hoy esta lucha la continuamos nosotros y seguramente la continuarán nuestros hijos. Ellos van a reclamar el día que les corresponde y levantarán la voz por lo que crean que deben luchar.” (Activista de la Mesa Activa en la MGP. Julio 2016)

Los sentidos de merecimiento que circularon no conformaban un sistema moral coherente y discreto, sino que los mismos se vinculan, se contradicen, se solapan, se tensionan al calor de las discusiones, pertenencias de los actores y situaciones específicas acercándonos a lo postulado por Gluckman (2001). Estos criterios de merecimiento se pusieron en movimiento en el marco de la determinación de los criterios y prioridades de adjudicación de soluciones habitacionales que interpreté como escenas en donde los “márgenes” o “límites” se ponen en evidencia en los términos en los que invitan a analizar Dass y Poole (2008). Por lo menos dos sujetos aparecieron dialogando con estos límites: les inquilines y quienes participaron de la Toma del Papa Francisco, sujetos que como señalé tensionaron con algunos de los criterios de merecimientos enunciados durante la demanda y por eso fueron puestos en la cornisa de la exclusión.

El lenguaje de derecho: ¿Ciudadanías insurgentes?

Les activistas por la urbanización hicieron uso del lenguaje de los derechos a la vez que pusieron en movimiento imagenes y criterio de merecimiento para enunciar su reclamo al estado y negociar los términos de su ciudadanía. El lenguaje del derecho como estrategia de interlocución para con el estado y para reclamar legitimidad ha sido trabajado por numerosos autores (Harvey 2014; Lazar 2013; Holston 2009).

Algunos autores (Holston 2009; Lopes de Souza 2010, Annunziata 2019 ) han cuestionado cómo esta apropiación del lenguaje del derecho termina por reproducir modelos de ciudadanía de tipo neoliberal. Cuando se enuncian de esta manera los derechos ciudadanos parecen basarse en un lenguaje abstracto , en la cual el sujeto es una persona individual, racional y sin distinción (Holston 2009). Para estos autores el espacio de maniobra del cual disfrutan las personas para la construcción de estas ciudadanías insurgentes no es completamente libre sino que está constreñido por regímenes políticos y los lenguajes de acción política disponibles.

Estas enunciaciones en el lenguaje del derecho nos lleva a pensar qué tipo de ciudadanía están construyendo les activistas: si reproducen ideas de ciudadanía liberal o se insertan en lo que Holston llama ciudadanías insurgentes. Considero que ambas dinámicas aparecen en la retóricas de merecimiento que se enuncian y se construyen en el ámbito de la demanda pública por la urbanización de villa 20.

Siguiendo a Lazar (2013) la ciudadanía es negociada de manera continua. En la Villa 20 la ciudadanía es negociada por los actores mediante criterios morales instituidos por las ideas y significados de ciudad montados sobre imaginarios urbanos que colaboran en la definición y actualización del merecimiento. En esta negociación, la ciudad aparece como dispositivo material y espacial en donde se pone en el centro el valor trabajo y esfuerzo que hizo posible la creación material y simbólica, pero también aparece la ciudad como una comunidad política y moral, poniendo en juego la construcción de nuevas ciudadanías,  con su sistema de membresías, derechos y obligaciones especialmente expresado no sólo en la necesidad de urbanizar, sino también en participar en la toma de decisiones de esa urbanización.

Encontramos entonces que en el contexto de demanda pública por la urbanización de la Villa 20, el merecimiento se construye en términos de la legitimidad de la demanda y es una de las formas que toma la demanda por ciudadanía. El merecimiento en la narrativa de les habitantes, a su vez, iba a contrapelo de la idea moderna de acceso a derechos en términos individuales y presentaba las formas organizativas sociocomunitarias en los territorios ligadas a largas temporalidades como formas efectivas de urbanización, de “ganar” la ciudad desde los propios habitantes y en relaciones de cooperación. Luego, el valor que adquiere la domesticación del espacio de la Villa 20 en el presente se reconoce en relación al imaginario de merecimiento que condensa y trae nuevamente representaciones del pasado, de la erradicación de los años ´70, cuestión que posiciona a la permanencia y la urbanización popular como una ganancia no sólo para los sectores que otrora fueran expulsados sino para la toda la ciudad en términos simbólicos y de valorización de un área de la ciudad considerada el “patio trasero”.

Conclusiones

Siguiendo con lo analizado y recuperando la cuestión de la construcción de ciudadanía, sostengo que el nuevo paradigma desplegado por el IVC, el urbanismo social, habilita transformaciones y actualizaciones del merecimiento urbano a partir de un cambio en la forma de construcción de ciudadanía que activan y ponen en movimiento les activistas por la urbanización. La ciudadanía que demandan les activistas por la reurbanización de Villa 20 parece ubicarse en un lugar intermedio: con elementos de las ciudadanías liberales, pero también como ciudadanias insurgentes que centran su demanda y los argumentos en un habitar localizado. Por un lado, reproducen las teorías liberales de la ciudadanía, abstractas e ideales, para todes, y al mismo tiempo crean ciudadanías situadas que expresan nuevas exclusiones en términos morales del habitar.

Estos criterios de membresía, parecen alejarse de los derechos inalienables  y universales, o artificiales que conllevó la creación del estado de derecho y de la sociedad civil, siguiendo el modelo iusnaturalista del derecho natural que describe Bobbio (1986). El sistema de derecho y obligaciones que les activistas por la reurbanización de Villa 20 reclaman, que se vehiculizan en la demanda por la reurbanización, son percibidos como una continuidad necesaria, que se encuentra más cerca del modelo aristotélico del estado (Bobbio 1986) y de la ciudadanía (Lazar 2013) que del de derecho natural. Fue su esfuerzo, el trabajo, el sufrimiento y el proceso histórico y continuo en ese espacio, atravesado y anclado en su experiencia del habitar en la desigualdad, lo que otorga la membresía y un nuevo estado de derechos. Parece así mostrar un tipo moral de ciudadanía, en la que la asignación de membresía no es universal e inalienable, sino que es construida históricamente gracias a atributos específicos forjados por quienes allí habitan.

Podemos decir, que la ciudadanía planteada en estos términos significó un desafío a la racionalidad urbana tradicional y logró la incorporación en la toma de decisiones de les activistas y habitantes de Villa 20. Pero al encontrarse estas construcciónes enmarcada en retóricas de derechos y ciudadanías, también mostró exclusiones y límites.


Notas de la ponencia:



[i] Datos extraídos del Anuario Estadístico de la Ciudad de Buenos Aires, Dirección General de Censos y Estadísticas, 2015.

 

[ii] . Instituto de Vivienda de la Ciudad (2016b). Informe Final Censo 2016 Villa 20. Buenos Aires: Departamento de Estadísticas y Censos, Gerencia Operativa de Intervención Social y Hábitat, Gerencia de Desarrollo Habitacional.

[iii] En este contexto toma relevancia los postulados de Duhau y Giglia (2008) para pensar las maneras de habitar la ciudad desde el concepto de experiencia que son tanto las prácticas como las representaciones que hacen posible significar y vivir la ciudad por parte de los sujetos. El habitar para esta autora es justamente este procesos de significación, uso y apropiación del entorno que ocurre a lo largo del tiempo y que se hace de manera continuada, y es también la relación de un sujeto, ya sea individual o colectivo con un lugar y con sus semejantes. Este es un movimiento que hace al sujeto localizable cruzando dos variables claves: la forma espacial del lugar y el tiempo de permanencia.

 

[iv] Audiencia Pública, Noviembre, Buenos Aires, 2016.

 

[v] Por ejemplo, se llevó a cabo un Censo especial para inquilinos e inquilinas al considerar y reconocer su vulnerabilidad al encontrarse viviendo en inquilinatos cuyos dueños podían ocultar su existencia.

 

[vi] Les inquilines y el mercado informal de vivienda constituyen un tema profundo y extenso en lo que respecta a las villas de emergencia en la ciudad, sobre todo en el marco del surgimiento de un nuevo sujeto villero vinculado al fenómeno de un tipo de informalidad (el alquiler) que se monta sobre otro tipo de informalidad (la villa). Según Cravino (2006), el mercado informal de vivienda y el submercado de arriendo de viviendas o piezas de alquiler comenzó a expandirse a mediados de la década del noventa. En la Villa 20 es un problema que toma relevancia en la medida que el universo poblacional de inquilines es del 24% según el último censo realizado en el 2016 en el barrio (IVC, 2016). De hecho, existen muchos inquilinatos: viviendas con piezas destinadas únicamente al alquiler.

 

[vii] Las soluciones habitacionales a la que los residentes de Villa 20 podían acceder eran: canje de vivienda, créditos para vivienda nueva y vivienda nueva en el complejo Papa Francisco.

 

[viii] Registro de campo. Mesa de Gestión Participativa. Julio 2016.

 

[ix] En el caso de les inquilines de Villa 20, vale la pena destacar que existe probablemente una relación de continuidad histórica y compleja entre propietarios e inquilinos, que trasciende los alcances de esta tesis, pero que se expresó de la manera descrita en el contexto de las discusiones en torno a la urbanización cuando me encontraba realizando mi trabajo de campo.

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