“Poner el cuerpo”: la dimensión invisible del trabajo en los Servicios Municipales de Protección de Derechos de NNyA.

SP.27: Procesos de producción y gestión de las infancias, las adolescencias y sus familias: acciones estatales, dispositivos jurídico-burocráticos y experiencias socio-comunitarias en Latinoamérica y el Caribe

Ponentes

Nombre Pertenencia Institucional
Daiana Ailén Monti CCONFINES - CONICET - UNVM
Wladimir Martínez Cañoles Instituto de Ciencias Antropológicas (ICA), FFyL, UBA / CONICET

“La Ley” con mayúsculas

 

Durante 15 meses, entre el 2022 y 2023, realicé una etnografía en la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de una ciudad media de la provincia de Córdoba (Argentina). Este proceso me posibilitó conocer las extensas formas (Perelman, 2021) en que mis interlocutoras organizan el trabajo diario y se involucran (Quirós, 2011) en las relaciones que desde allí se traman con agentes estatales y no estatales (NNyA, familias, organizaciones sociales). Pero, sobre todo, con-vivir con ellas me permitió acercarme a las dimensiones más invisibilizadas de su trabajo. Los datos que presento en este escrito son emergentes de los análisis vinculados al inicio de la escritura de mi tesis para aspirar al doctorado en Ciencias Antropológicas de la Universidad Nacional de Córdoba[1].

Me centro en una de las cinco áreas que componen esta dependencia estatal: el Servicio Municipal de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA). La Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los Derechos de NNyA es el “corazón[2] que organiza el quehacer cotidiano en el lugar. Para las trabajadoras, esta Ley “guía las acciones y la mirada” diaria, pero, “una cosa es la ley y otra cosa la práctica”.

Por ello, en este escrito me propongo ir más allá de la letra del dispositivo jurídico y reflexionar sobre cómo esta Ley con mayúsculas es vivida diariamente. Es decir, cómo se da en el proceso de la vida real (Narotzky, 2004) y en el marco de las relaciones sociales en las que se involucran incesantemente las trabajadoras: ¿qué hacen con la Ley? ¿Cómo organizan el quehacer cotidiano inspirado en ella? ¿Cómo intervienen con NNyA y sus familias?

Para comenzar, es preciso revisar brevemente algunos aspectos de la Ley Nacional 26.061. Fue sancionada en el 2005 constituyéndose en la adecuación nacional de la Convención Internacional de los Derechos de los Niños (CIDN)[3] y en un instrumento con vistas a revertir el modelo de intervención tutelar[4], obligando al Estado a rearmarse institucionalmente para relacionarse de otro modo con las infancias y adolescencias. Con ella, comenzó la tarea de re-conceptualización de estos grupos como sujetos de derecho, se redefinió normativamente el papel de la familia, la sociedad civil y el Estado en situaciones de vulneración de derechos[5].

Desde que el país adhirió a la CIDN hasta la sanción de “La Ley”, transcurrieron 15 años. Durante ese tiempo hubo disputas y oposiciones: se enfrentaron dos paradigmas epistemológicos que diferían en la manera de definir cómo se abordaría la cuestión de la protección de las infancias y adolescencias. Tales discusiones estaban atravesadas por discusiones en torno a su legitimidad, a las formas que debía asumir esa protección, así como respecto de quiénes serían los agentes privilegiados para hacerla efectiva (Villalta, 2012).

Tal complejidad se relaciona con algo central: tanto las niñeces y las adolescencias como su “protección” son construcciones sociales, dinámicas y variables culturalmente. Además, son ser categorías eminentemente políticas, en tanto remiten también a sistemas clasificatorios, como a valores en torno a qué es concebible y/o adecuado para quienes integran esa categoría y para aquellos que son imaginados como los responsables de su cuidado y educación (Villalta y Llobet, 2015).

A partir de la sanción de esta Ley, las provincias adhirieron desde sus propias legislaciones. Mediante la Ley Provincial 9.944, el gobierno cordobés -y cada municipio- comenzó a institucionalizar el Sistema Integral de Protección de NNyA[6] desde su Poder Ejecutivo. Este proceso implicó una fuerte responsabilización de la intervención a escala local. El enfoque territorial con respecto a la protección y restitución de derechos habilitó una multiplicidad de modalidades de implementación. Como producto de la “gestión local” de los problemas de la infancia y adolescencia, en oposición al tradicional centralismo que caracterizaba las políticas para esta población, hasta el día de hoy conviven lógicas de autonomía en distintos grados, diferentes políticas, programas y actores (Magistris, 2013).

En la ciudad en la que realizo mi trabajo de campo, desde el año 2014 hay una ordenanza regula el modo de funcionamiento del Sistema Municipal de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las NNyA. Este instrumento señala normativamente cómo se organiza dicho Sistema y las competencias y responsabilidades de cada actor. Como ya señalé, me centro en el segundo nivel de intervención[7]: el Servicio Municipal de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (SMPD), a cargo del Poder Ejecutivo Local.

El artículo 11° señala las áreas de competencias de las trabajadoras con quienes comparto jornadas cotidianas desde hace varios meses:

“El Segundo Nivel de Intervención Local del Sistema Municipal de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes tiene a su cargo, la aplicación de medidas tendientes a la protección Integral, reparación y restitución de los derechos y garantías vulnerados, amenazados o violados, mediante una concertación articulada con los organismos, entidades y servicios, dependientes del Estado Municipal, Provincial, Nacional y las Organizaciones de la Sociedad Civil (O.S.C.) que tienen como objeto, la promoción y protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

La amenaza o violación de derechos a que se refiere este artículo, puede provenir de la acción u omisión del estado, personas públicas estatales, personas públicas no estatales, personas jurídicas privadas, personas de existencia física, organizaciones de la sociedad civil, o de la propia conducta de la niña, niño o adolescente”.

Ahora bien, ¿cómo se organiza el trabajo en la vida cotidiana de la oficina a partir de estos lineamientos? En eso me detendré en el próximo apartado.

 

“La ley” en la cotidianeidad

 

Decidí nombrar ley sin mayúsculas a la interpretación y al acuerpamiento que las trabajadoras hacen de la Ley. La ley que hacen diariamente se inspira en la “Ley”, pero, a diferencia de ésta, es la que se vive, la que causa efectos en sus vidas y en la de NNyA. En otras palabras, es la que se puede hacer día a día con los cuerpos y los recursos disponibles para intervenir.

En la oficina de los SMPD conviven cinco equipos encargados de generar las medidas protección de NNyA que enuncia el artículo de la ordenanza. Los equipos están distribuidos geográficamente a lo largo y a lo ancho de la ciudad: Zona 1, Zona 2, Zona 3, Zona 4 y Zona 5. Cada uno se compone de 3 a 5 trabajadoras cuyas profesiones, en general, son: psicología, trabajo social, abogacía, educación; también hay operadoras sociales. Cada grupo tiene a su cargo entre 130 y 150 “situaciones”. Le llaman así a las familias y a lxs NNyA cuyos derechos han sido vulnerados y, por tanto, son lxs destinatarios de sus intervenciones.

Cada acción que ejecutan implica múltiples y diversas estrategias para trabajar con estxs sujetxs. En este apartado describo el patrón y la lógica de trabajo que –con variaciones- se replica en cada equipo.

 

Los expedientes

La materia prima con la que trabajan cotidianamente son los expedientes. Folios de tamaño A4 llenos de informes y escritos. Estos folios condensan todas las intervenciones que se realizan, los informes que reciben desde la UDER y otras instituciones. También hay copias de documentos, informes escolares y médicos, historias clínicas, denuncias y oficios del Poder Judicial sobre diferentes miembros de la familia. Cada expediente inicia con una carátula que contiene datos centrales para las trabajadoras: NNyA de referencia, fechas de nacimiento, adultxs a cargo, dirección, teléfono, derecho vulnerado y canal de ingreso (por demanda espontánea –denuncia o anónima; por oficio judicial derivado desde UDER, por articulación con otras instituciones). Cuando finaliza la intervención en una situación, se cierra y se archiva el expediente. Pero, si se reinicia la situación de vulneración se reabre. Cada una de esas fechas se consigna en la carátula y es un dato valioso: da cuenta de la cronicidad y persistencia de la vulneración de derechos al interior de esa familia.

Estos artefactos implican rituales cotidianos. Por ejemplo, cada intervención (desde una llamada por teléfono hasta una entrevista) debe ser registrado; por ello, algunas mañanas se destina gran parte de la jornada a escribir. Salvo los informes que se envían hacia afuera de la dependencia, todo lo que se agrega al expediente se escribe a mano. Así, las lapiceras, las hojas, los resaltadores, los correctores, son elementos valiosos dentro del espacio. Pero, este proceso de escritura manual también genera enojos “se pierde un montón de tiempo así” e incomodidades “es re difícil buscar algo escrito a mano, en la computadora -¡si tuviéramos un sistema informático!-, no tardaríamos tanto ni tendríamos que escribir mil veces lo mismo”.

¿Por qué no hay sistema informático, si Salud o Promoción social tienen?, pregunté una mañana, “porque para eso se necesita plata, que acá no hay”. El modo de trabajo con los expedientes de manera manual, permite entrever la desigualdad que las trabajadoras perciben entre esta área y otras. La escasez de recursos –en comparación a otras áreas- también se siente cuando es necesario escribir algo en computadora, pues, hay tres unidades fijas para los cinco equipos. Cuando apremia la urgencia de entregar informes se arman filas y orden de turnos para poder escribirlos.

 

Entrevistas, escuchas y demandas espontáneas

Además del trabajo con los expedientes hay otras actividades dentro de la oficina y fuera de ella. Dentro de este espacio también se realizan “citaciones para entrevistas, escuchas a NNyA” y recepción de “demandas espontáneas”. Las citaciones se realizan cuando es necesario un encuentro presencial con algún adultx. En general, cuando es el primer acercamiento o cuando la situación se complejiza y es necesario revisar algunos acuerdos o modos de trabajo. Se cita por teléfono o mediante el envío de una notificación al domicilio.

Las entrevistas son momentos cruciales en el trabajo diario. Allí se produce el encuentro entre trabajadoras y destinatarixs. Duran entre 30 y 45 minutos y son instancias en las que se pregunta a partir de un guion más o menos similar en todos los casos: se consulta cómo están lxs hijxs, se verifica cómo sigue alguna situación específica -por ejemplo, si los NNyA están asistiendo a la escuela- o si pudieron avanzar en un trámite. Pero, además de “verificar”, “corroborar, “evaluar”, en estos momentos también hay que “contener, escuchar, consolar”.

La entrevista es un momento de la labor cotidiana que produce mucho desgaste y que involucra el cuerpo y la mente de las trabajadoras. “Me quedé sin energía, se me parte la cabeza, no doy más”, son algunos de los comentarios que escucho cuando se finaliza una entrevista. Es necesario tener en cuenta que a veces una dupla puede hacer hasta 3 o 4 entrevistas por día. Esto produce tensiones entre la gente que espera y “dice que está apurada” y el agotamiento de las profesionales: “que espere, hacer entrevistas no es un trabajo administrativo, necesito tomar aire”.

Dentro de la oficina, también se hacen “escuchas” a NNyA. Esa es una tarea que no es muy frecuente, pero, que tiene que ver con la Ley y con el derecho de estos sujetos a ser oídos. Cuando se cita a NNyA hay una sala especial: tiene juegos, sillas y mesas bajas; es un espacio “más amigable”. En esa instancia también hay que predisponerse a jugar con lxs niñxs, a “tener tacto con lxs adolescentes y no presionar”. Incluso, algunas trabajadoras sostienen que sería importante realizar escuchas más seguido, pero, el tiempo no alcanza para hacerlo con las más de 100 situaciones que tiene cada equipo. Las escuchas terminan funcionando para “las situaciones más urgentes” y eso les pesa, pero, es “la ley” que pueden hacer allí.

Dentro de los imponderables de la vida cotidiana en el lugar, están las “demandas espontáneas”. Es decir, cuando se presenta alguien sin previo aviso a hacer una denuncia. A veces se reciben denuncias de vecinos o familiares que se presentan en el lugar para dar cuenta de algo que vieron o sospechan y que afecta a lxs NNyA. El problema es que estas instancias, cual imponderables, se presentan de sorpresa y se suman a todas las entrevistas pactadas de antemano. “Es gente que hay que atenderla y a veces te pasás la mañana así: atendiendo gente y no podés avanzar con otras cosas”.

“Hacer recorridos”, “hacer territorios” y trabajar en red

Fuera de la oficina hay dos actividades centrales. Por una parte, cada equipo sale a hacer recorridos a los domicilios de las situaciones una vez a la semana. La finalidad de esto es similar a la de las entrevistas, de hecho, esta estrategia se implementa cuando las familias se ausentan, no se las puede localizar porque cambiaron los números de teléfonos o porque se pierde el contacto por un tiempo. También se realiza para efectuar informes socio-económicos o verificar las condiciones habitacionales de las familias.

Por otra parte, las trabajadoras “hacen territorio” dos días a la semana. Esto es “ir al barrio, estar donde la gente está, acercarnos para que la gente no tenga que venir hasta acá”. Durante esos dos días, las actividades de cada equipo se trasladan hacia alguna institución barrial: dispensarios, centros comunitarios, centros vecinales. Tal salida implica coordinación con referentes institucionales e, incluso, está sujeta al permiso de ellxs. En algunas ocasiones emergen situaciones que impiden al equipo ir (arreglos edilicios, reuniones) y lo obligan a reprogramar la agenda.

En el territorio desarrollan actividades similares a las que hacen en la oficina, aunque, especialmente, aprovechan esos días para hacer entrevistas e ir a las instituciones que tienen relación con las familias que son situación: escuelas, salas de salud, organizaciones sociales. El traslado hacia el barrio y el de las visitas a los domicilios implica una logística ingenieril que se repiensa todo el tiempo en función de agilizar el uso del único auto que tiene a disposición esta área.

Como estipula la Ley, el “trabajo en red” siempre está presente en lo que se dice. Pero, lo que no advierte la Ley y lo que realmente les sucede y les genera dolores de cabeza es que articular y construir redes con otras instituciones estatales y no-estatales es sumamente complejo. Aunque siempre están en conexión con otras entidades, trabajar de manera conjunta y diseñar estrategias integrales no es lo más frecuente. La “concertación articulada” que versa el artículo 11° depende de los tiempos y lógicas de cada institución y, sobre todo, de las relaciones interpersonales que se pueden construir entre lxs trabajadores de los diferentes espacios.

Isacovich y Wagener (2021) señalan que las instituciones que componen “una red” no son sólo un listado de entidades, sino, están animadas por personas. Y, en esa lógica, es importante pensar las diversas porosidades que se pueden dar entre ellas.  No resulta casual que los lugares con los que mejor se puede articular son aquellos donde las trabajadoras tienen conocidos, amistades, excompañerxs de trabajo. Así, las redes de capital social del que disponen las profesionales es central.  Por ello, dentro de la oficina no hay una única forma de articular, sino, tantas como trabajadoras y equipos.

 

Las urgencias y las superposiciones

Todas estas actividades conviven con las situaciones urgentes. Las que requieren más atención que el resto por la complejidad de lo que sucede en la vida de estxs NNyA: violencias, maltrato, adolescentes que se escaparon de sus viviendas y sus familias no lxs encuentran, consumos problemáticos, falta de alimentos. Estas situaciones a veces obligan a rearmar la organización que relaté más arriba porque hay que hacer visitas, llamados o entrevistas de urgencia: la institucionalidad cotidiana se arma y desarma constantemente.

La multiplicidad de acciones que mostré de manera separada se dan en simultáneo y se superponen cada mañana. Al principio de mi trabajo de campo me sentía muy desordenada, mis notas estaban desacomodadas, no podía establecer cronologías. Mi cuaderno de campo estaba lleno de tachones y de idas y vueltas sobre lo mismo, un asterisco tras otro. Pensé que era un problema de desorganización mío, pero, me llevó algún tiempo darme cuenta de que las mañanas en la oficina son así más allá de mí. La actividad es un continuum, no se para nunca y se va y viene sobre lo mismo muchas veces. Por ejemplo: llamar en diferentes horarios a una madre hasta que conteste, implica estar todo el tiempo pendiente de eso, sin dejar todo lo otro con lo que hay que avanzar. No existe aquel orden cronológico que yo buscaba o que daba a entender la Ley: primero esto, después lo otro. Es todo junto y al mismo tiempo. Y durante ese proceso, me di cuenta que el agotamiento y las idas y venidas que atraviesan a las trabajadoras, también me involucraron a mí.

 

Lxs NNyA y las familias destinatarias

            La mayor parte de las intervenciones de los equipos tienen como destinatarias a familias de clases populares. Durante el tiempo compartido en la oficina observo un continuo entrecruzamiento entre pobreza y vulneración de derechos. Escasamente ingresan a esta dependencia situaciones de vulneración de NNyA de clases media, media alta o alta, menos aún de las elites de la ciudad. Cuando esto sucede, es una novedad y los modos de intervención reiteran la lógica que mencioné más arriba con algunas variaciones que no profundizaré en esta instancia.

            Los equipos que concentran mayor cantidad de situaciones son los que trabajan en las zonas más empobrecidas de la ciudad. La mayor parte del quehacer cotidiano se dirime en pensar estrategias para intervenir con un tipo particular de niñeces, adolescencias y sus familias[8]. Las trabajadoras me mostraron algunas características concretas y las formas particulares en que las desigualdades se viven en cada barrio en el que trabajan. Con respecto a las y los “progenitores”:son desempleados o tienen empleos muy precarios; los varones trabajan en changas, de construcción y las mujeres limpian casas, otras son amas de casa, hacen comida casera para vender, incluso, algunas ejercen trabajo sexual”. Son madres y padres jóvenes, algunos no terminaron la secundaria y, en la lectura de mis interlocutoras: “a veces tienen pocos recursos, como leer y escribir, para manejarse en las instituciones”.  La percepción de esta carencia produce que las profesionales destinen mucho tiempo a explicar, guiar, orientar procedimientos para hacer trámites o en informar cuestiones puntuales de las intervenciones.

En cuanto a lxs NNyA, las vulneraciones de derechos que detectan con mayor frecuencia son: desescolarización, falta de controles de salud, situaciones de maltrato o violencia, consumos problemáticos de drogas, conflictos entre lxs adultxs que lxs rodean[9]. Hay un presupuesto generalizado sobre el porqué de estas problemáticas: “cuando existe algún tipo de vulneración hacia los niños y niñas es porque hay algo que los y las adultos de esa familia no están pudiendo”. Esta certeza funciona como punto de partida que organiza el accionar cotidiano: casi todas las intervenciones son con los y las progenitores más que con NNyA[10].

No obstante, pude observar algunas diferencias en los análisis y, por tanto, las acciones de los diferentes equipos sobre esto. Algunos sólo se concentran en las vulneraciones de derechos de NNyA responsabilizando directamente y sin matices a lxs adultxs. Pero, otros intentan problematizar las condiciones históricas de vida de estxs progenitores: “también son jóvenes y han atravesado situaciones similares a las de sus hijos, yo conocí a esta mamá cuando ella era una niña con derechos vulnerados”.

Las situaciones que se consideran dignas de intervención involucran diversas moralidades (Assusa, 2019) sobre cómo son y cómo deberían ser las familias; sobre las crianzas o los cuidados que destinan a NNyA y sobre sus comportamientos. Incluso, se producen acuerdos y desacuerdos sobre los parámetros para evaluar las condiciones que poseen —o no— lxs adultxs para garantizar los derechos a lxs NNyA (Stagno, 2020; Villalta, 2012)[11]. Estos puntos de vista junto a las vivencias de las trabajadoras con las familias, es decir los vínculos y las afectividades que traman, influyen en los acompañamientos que se realizan. Por ejemplo, sienten que es más llevadero acompañar “madres que son responsables pero no pueden con ciertas cosas” que a aquellas que son tildadas como “negligentes”[12].

Durante las mañanas de oficina circula continuamente información y preocupaciones sobre los padecimientos y las vivencias de estxs sujetxs. Emergen particulares sentires y afectaciones alrededor de lxs NNyA. Por ello, algunas trabajadoras sostienen que “en este tipo de trabajo, no es como en una oficina que cerras la jornada laboral y listo. Acá te llevás lo que pasa con vos, la cabeza no para; a veces es la hora de dormir y te encontrás preguntándote cómo resolver algo o si el entrevistado irá o no mañana”.

Sobre este aspecto La Ley no dice nada, es meramente técnica. Pero en la cotidianeidad estos procesos son centrales y, muchas veces, marcan el pulso de las intervenciones y los estados anímicos del lugar, produciendo vacíoss en los que continuamente se arman y desarman los lineamientos de la Ley según cada situación.

 

A modo de cierre: discusiones para continuar indagando

Todo este entramado de actividades, redes e intervenciones en el marco de padecimientos de NNyA y a las sensibilidades producidas alrededor de ellxs, lleva a que las trabajadoras se perciban “trabajadoras de cuidado”. Ellas no sólo están en una oficina “como lo hacen otras áreas del municipio”, sino, entablan relaciones que van “más allá de hacer un trámite”: hay que poner el cuerpo, escuchar, consolar, conocer e intervenir en la intimidad de las familias, incluso sostener vinculaciones incómodas que posibilitan realizar intervenciones.

Todo eso se vivencia como algo que no se ve hacia afuera y que no se paga. En este terreno, la valía social de su trabajo[13] (Narotzky y Besiner, 2020) no se corresponde con lo que efectivamente realizan. Es decir, no se traduce ni en dinero, ni en el mejoramiento de condiciones laborales, ni en la ampliación de recursos con los que cuenta la oficina, ni en reconocimiento simbólico hacia el área desde el municipio o la sociedad.

Algunos aportes de la economía feminista que encarna Carrasco (2006) permiten abrir nuevos interrogantes y análisis sobre este hecho. El tipo de trabajo que se realiza en esta dependencia pone en jaque la tradicional división entre la esfera pública y privada que marcó y dominó la economía clásica y neoclásica.  El quehacer del SMPD rompe con el binarismo privado-público y habilita algo novedoso: en la esfera pública se dirimen cuestiones de la vida privada de NNyA y sus familias.

Esto supone una serie de problemas para las trabajadoras. Al cuantificar el trabajo sólo se contabiliza y-por tanto- se paga lo que se ve en el ámbito público: “en la oficina”. Mientras, lo que sucede en el ámbito privado: las relaciones que se establecen en entrevistas y en conversaciones, las visitas domiciliarias, el poner el cuerpo e involucrarse hasta que “no te da más la cabeza” aún persiste invisibilizado. Lo paradojal es que es ese trabajo minucioso e interpersonal el que resulta imponderable para todo lo otro que se hace y que se ve. Por ejemplo: a veces, “lxs adultxs te toman como referente, te llaman todo el tiempo para contarte cosas, para preguntarte, para informarte y por ahí vos estás con la cabeza en otro expediente, con otra situación urgente, pero sostener eso es necesario para poder intervenir.

Cabe preguntarme si la dimensión invisible del trabajo que hacen, lo que no se cuantifica, lo que no se ve y, por tanto, no se paga, tiene que ver con la histórica separación de las esferas pública y privada que opone: razón y sentimiento; trabajo mercantil y trabajo doméstico; empresa/oficina y familia (Carrasco, 2006; Narotzky, 2004). Pues, lo que no se ve se relaciona con actividades disociadas del valor económico, relegadas históricamente la marginalidad e invisibilidad del ámbito privado (Carrasco, 2006). El hecho de que esta área sea un espacio altamente feminizado no debe pasarse por alto, pues, quienes han encarnado estas actividades a lo largo de la historia han sido, justamente, las mujeres. Para poder comprender la especificidad del trabajo en este ámbito y pensar en políticas laborales a mediano plazo, es preciso construir enfoques integradores (Carrasco, 2006) que permitan relacionar y visibilizar las continuidades entre “lo privado” y “lo público”, pues, ambos “ámbitos constituyen un único todo social” (p. 22).

La perspectiva de la economía feminista, mediada por la etnografía y la sociología, presenta algunas pistas para poder visibilizar aquello que aún hoy permanece invisibilizado. En este marco, me hago una pregunta más general por las políticas laborales en áreas en las que se abordan situaciones de vulneración y padecimientos como en este lugar. Pues, las condiciones de trabajo actuales (re)producen desigualdades de manera directa sobre las trabajadoras, pero también sobre lxs NNyA y las familias destinatarias de sus intervenciones de manera indirecta.



[1] Para la escritura de esta ponencia utilicé como referencia las Normas APA, 7° edición.

[2] Utilizo entrecomillados para las frases de las trabajadoras del lugar recopiladas en entrevistas, conversaciones cotidianas e instancias de intervención conjunta.

[3] “La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 que reconoce a todas las personas menores de 18 años como sujetos de pleno derecho (…) Este tratado, promulgado el 16 de octubre de 1990, establece los derechos en sus 54 artículos y protocolos facultativos, definiendo los derechos humanos básicos que deben disfrutar los niños, las niñas y adolescentes. Los cuatro principios fundamentales de la Convención son el interés superior del niño, el derecho a la vida, a la supervivencia y al desarrollo, la participación infantil y la no discriminación. Establece que los Estados que lo ratifiquen deben asegurar de manera obligatoria que todos los menores de 18 años gocen de los derechos contenidos en él sin distinción de raza, color, idioma, nacimiento o cualquier otra condición del niño/a, de sus padres o de sus representantes legales. La Argentina ratificó la Convención en 1990 y en 1994 le otorgó rango constitucional tras el Pacto de Olivos. Desde entonces el Estado argentino está obligado a garantizar todos los derechos establecidos en la Convención a todos los niños, niñas y adolescentes que viven en nuestro país. La Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de la Niñas, Niños y Adolescentes sancionada en 2005 establece la aplicación obligatoria de la Convención.” Fuente: web institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, https://www.argentina.gob.ar/noticias/convencion-sobre-los-derechos-de-ninos-ninas-y-adolescentes

[4] La Ley Nº 10.903 de Patronato de Menores (también conocida como “Ley de Agote”) fue sancionada en el año 1919, en momentos en que la inmigración europea que llegaba masivamente a América transformaba el espacio público (Magistris, 2020). En este marco, lxs NNyA que estaban fuera del sistema educativo y que eran hijos de las familias más vulnerables eran percibidos como un peligro potencial. La Ley de Patronato propició –satisfaciendo los pedidos de las clases más acomodadas- el control de NNyA no escolarizados o en situación de “carencia material o peligro moral”, es decir: aquellos menores en situación irregular, pobres, abandonados e infractores asociados al riesgo y al peligro, a quienes les correspondía “protección”, y cuya medida ideal suponía la separación del núcleo familiar y la internación en instituciones evitando que se convirtieran en “futuros delincuentes”, o se “contagiaran”. No obstante, es importante aclarar que la sanción de la nueva ley no implicó necesaria ni rápidamente el desplazamiento de la anterior. Al contrario, aún hoy conviven ambos paradigmas. Sobre esto, profundicé en un artículo anterior: Monti, D. (2021). Entre el derivacionismo y las disputas: la configuración del Sistema de Protección Integral de los Derechos de niños, niñas y adolescentes en la ciudad de Villa María (Córdoba) durante los años 2014 y 2015. Última Década, 28(54), 189–215.

[5] Los puntos más novedosos de la Ley Nacional y, por tanto, los más antagónicos al “Patronato”, son: i) la universalidad, ii) la primacía del interés superior del niño, iii) el nuevo papel para la familia y la sociedad civil, iv) el nuevo papel del estado, v) el abordaje de protección integral, vi) las medidas de protección. Por cuestiones de espacio, no dedicaré un apartado para explicar cada uno en este trabajo. Estos puntos fueron abordados en mi trabajo final de grado de la Licenciatura en Sociología: MONTI, D. (2017) Puntos de vista de agentes estatales municipales sobre jóvenes adolescentes de un barrio periférico de la ciudad de Villa María. Trabajo final de grado no publicado. Universidad Nacional de Villa María, Instituto Académico Pedagógico de Ciencias Sociales, Licenciatura en Sociología. Villa María, Córdoba. Argentina.

[6] El Sistema de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Córdoba se conforma –según el artículo 34° de la Ley 9.944- de manera integral por “todos aquellos organismos, entidades y servicios que diseñan, planifican, coordinan, orientan, ejecutan y supervisan las políticas públicas de gestión estatal o privadas en el ámbito provincial, municipal o comunal, destinados a la promoción, prevención, asistencia, protección, resguardo y restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes”. Al igual que lo sentencia la ley nacional, el artículo 35° estipula que para el logro de sus objetivos el Sistema de Promoción y Protección Integral debe contar con: a) Políticas, programas y medidas de promoción y protección de derechos; b) Procedimientos y protocolos de intervención; c) Medidas excepcionales de protección de derechos; d) Organismos administrativos de protección de derechos cuyas funciones sean acordes a lo prescripto por la Ley Nacional Nº 26.061 y organismos judiciales de control de la legalidad de las medidas excepcionales, y e) Recursos económicos específicos.

[7] Cabe señalar que con la Ley 26.061 se estipulan tres niveles de intervención: el 1° (de Promoción) y el 2° (de Protección) a cargo del Estado municipal y el 3° (Medidas Excepcionales de Protección) que está bajo la órbita del Gobierno Provincial, encarnado por la UDER (Unidad de Desarrollo Regional), que es una descentralización local de SENAF (Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia) provincial.

[8] Pérez Sainz y Hernández Salas (2021) ofrecen algunas pistas para pensar los procesos de desigualdad y empobrecimiento de estos grupos. Señalan que son el producto del entrelazamiento de relaciones de clase social, de género, de territorio habitado y que no sólo tienen que ver con carencias materiales y simbólicas, sino, también implican procesos de desciudadanización y de invisibilización. Hernández et al (2010) recurren al concepto de “pequeñas ciudadanías” para dar cuenta de que estos grupos de NNyA y adultxs rompen y desbordan la categoría de “ciudadanía” tradicional y abstracta.

[9] Es importante señalar que estas situaciones son las que se detectan con mayor frecuencia porque, principalmente, se indaga sobre ellas en las entrevistas y en las visitas. Actualmente me encuentro construyendo un análisis sobre las preguntas que se hacen y las preguntas que no se hacen. Pues, las preguntas ausentes permiten comprender las situaciones de vulneración sobre las que priorizan intervenir.

[10] Sobre este punto hay algunos debates acerca de la “ideología familiarista” de la Ley 26.061 y su carácter adultocéntrico. Sin embargo, no me detendré en eso en este trabajo.

[11] Desde una mirada relacional, al enfocar en la interacción entre las trabajadoras y las familias emerge una variedad de usos y resignificaciones que las familias de clases populares realizan sobre las intervenciones y dispositivos estatales (Fonseca y Cardarello, citada en Villalta, 2012; Leo, 2015; Stagno, 2020).

[12] Esta diferenciación aún está en proceso de construcción. Por ello, no la abordaré en este trabajo.

[13] Para lxs autores, “el valor social es el modo en que una sociedad valora a las personas: el valor de las personas, pero también el obtenido a través de las personas y el invertido y acumulado en las personas” (p. 34).

Bibliografía de la ponencia

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Carrasco, C. (2006) La economía feminista: Una apuesta por otra economía. En: María Jesús Vara (Ed.) Estudios sobre género y economía. Akal.

Hernández, M.; Chaves, M.; Chimelaro, C.; Cleve, A.; Duarte, G.; Quinteros, A. (2010) Pequeña ciudadanía: Tensiones entre el derecho abstracto, las políticas públicas y la vida cotidiana de adolescentes en el B.A. VI Jornadas de Sociología de la UNLP, diciembre de 2010, Ensenada.

Isacovich, P. y Wagener, M. (2021) Cuando este municipio nació no teníamos ni cementerio. Un análisis antropológico de la producción del Estado en el Conurbano Bonaerense. Revista Ensambles, año 9, n.15, pp.47-68.

Leo, M. (2015). Sobre «depósitos» y «rescates»: una aproximación cuantitativa a la circulación de niños como práctica y como estrategia familiar de los sectores populares. Buenos Aires, 1930-1945. Cuartas Jornadas de Estudios sobre la Infancia, Buenos Aires.

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